JEE Huánuco aclara sobre reelección inmediata

Los alcaldes que candidatean en estas elecciones pero para otras jurisdicciones pueden respirar tranquilos porque su situación no configura como reelección inmediata y no pueden ser excluidos de la contienda electoral por esta causa.
Para que se configure la reelección inmediata, además de ser el mismo candidato, tiene que ser al mismo cargo y al mismo distrito electoral. Con estos considerandos el JEE de Huánuco rechazó la tacha contra el candidato a la alcaldía de San Pablo de Pillao, Cipiriano Martínez, que siendo alcalde de Chinchao postula a la alcaldía de Pillao.
El presidente del Jurado Electoral Especial de Huánuco, Jaime Gerónimo, señaló que la norma generó contradicciones entre muchos Jurados Electorales Especiales del país que declararon improcedente la inscripción de varios candidatos por esta causa.
Sin embargo, dijo que su JEE realizó un estudio para interpretar la norma determinando que para que sea reelección inmediata debía concurrir 3 elementos: ser la misma persona, el mismo cargo y el mismo distrito electoral. “La norma es genérica, pero estamos prestos a realizar la interpretación gramatical y teleológica de la norma jurídica de la especialidad electoral”, expresó.
En estas elecciones existen alcaldes que postulan a otras jurisdicciones, como Robinson Aguirre (Amarilis) y Rosalí Leandro (Yarowilca) a gobernador regional.