Durante una entrevista con el Diario AHORA, el exdecano del Colegio de Abogados de Huánuco, Gonzalo Trejo Verde, expresó su preocupación por una serie de irregularidades detectadas en la audiencia del exfiscal Junior Vladimir Castañeda Cori, procesado por homicidio culposo y lesiones culposas. Trejo cuestionó la imparcialidad del proceso judicial y denunció un uso indebido de los beneficios estatales destinados a personas con discapacidad.
El jurista comentó que en la audiencia dif undida por la Corte Superior de Justicia de Huánuco se permitió intervenir al abogado de interconsulta de la defensa del exfiscal, mientras que esa misma posibilidad fue negada a la parte agraviada. “Esto genera una imagen de favorecimiento al investigado y puede sentar un peligroso precedente”, indicó Trejo, señalando que el juez debe mantener un equilibrio estricto entre las partes.
Advirtió que si esta práctica no se corrige, podría abrir la puerta a la participación múltiple de defensores en futuras audiencias, contraviniendo el Código Procesal Penal.
Polémica sobre uso de certificados de discapacidad
En otro momento de la entrevista, Trejo alertó sobre el uso presuntamente fraudulento de los certificados de discapacidad para acceder a beneficios laborales en el sector público. “Se están detectando casos de personas que simulan discapacidades para obtener puntaje adicional en concursos públicos”, denunció.
Señaló que corresponde al Conadis y al Ministerio Público abrir investigaciones inmediatas para evitar que estas prácticas se institucionalicen. “Si hay funcionarios que otorgan certificados sin el debido sustento, podría configurarse un delito de omisión de funciones o incluso corrupción”, agregó.
Sobre el caso Castañeda Cori y el rol del Conadis
Consultado sobre la situación del exfiscal investigado, Trejo indicó que la calificación penal como homicidio doloso no sería procedente mientras se confirme que el trámite de su licencia fue formal. Sin embargo, insistió en que debe investigarse si las autoridades responsables sabían o no de su condición médica, en este caso epilepsia, y si esta influía en su capacidad para conducir. En ese sentido, subrayó que “el otorgante de la licencia es quien debió verificar esa información, y el Conadis podría tener un rol clave si hubo inscripción previa en su registro”.




