El reciente proyecto de ley que propone transferir ciertos casos de efectivos policiales y militares al fuero militar-policial en Perú es inconstitucional y generaría serios problemas legales y de derechos humanos. Esta iniciativa ha sido duramente cuestionada por especialistas y defensores de derechos, quienes consideran que se trata de una medida que vulnera la justicia y que podría abrir una puerta a la impunidad en los casos de delitos comunes. Los analistas enfatizan que la jurisprudencia nacional e internacional ya ha limitado esta jurisdicción exclusivamente a delitos de función, es decir, aquellos estrictamente relacionados con las actividades militares o policiales. Según un informe de Enrique Patriau para La República.
¿Por qué el proyecto es inconstitucional?
El abogado constitucionalista Heber Joel Campos señaló que el proyecto, actualmente en revisión en las Comisiones de Justicia y Derechos Humanos y de Defensa Nacional, viola principios fundamentales de la Constitución y compromisos internacionales adoptados por Perú. Este proyecto pretende que los miembros de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional sean juzgados en el fuero castrense incluso por delitos comunes, una situación que, de aprobarse, pondría en riesgo el derecho a la igualdad y al principio de razonabilidad en los procesos judiciales.
Según Campos, el Tribunal Constitucional ha reiterado que solo los delitos de función deben ser juzgados en la justicia militar-policial. Estos delitos, en términos sencillos, son aquellos que únicamente pueden ser cometidos por miembros de las fuerzas del orden en el ejercicio de sus funciones específicas y que afectan bienes jurídicos vinculados a la actividad militar o policial. Campos puntualizó: “Los delitos de función son tales si atentan o ponen en riesgo bienes jurídicos de naturaleza afín a la actividad militar. Claramente, la vida o la integridad física no es uno de ellos”.
Conflictos con compromisos internacionales
Además de los problemas de constitucionalidad, la medida podría generar conflictos a nivel internacional. Campos advirtió que este proyecto contraviene las obligaciones asumidas por Perú ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH), la cual ha establecido con claridad que los estados deben evitar prácticas que promuevan, directa o indirectamente, la impunidad en los casos de violaciones a los derechos humanos. En este sentido, Campos explicó que el proyecto podría “tener el efecto de impedir investigaciones imparciales en los delitos comunes en los que eventualmente puedan incurrir miembros de las fuerzas del orden”.
La Corte IDH sostiene que el fuero militar no es apropiado para juzgar delitos comunes cometidos por militares o policías, ya que no garantiza la imparcialidad y objetividad necesarias en el juzgamiento de los mismos. En esta línea, varios países latinoamericanos han venido limitando el alcance de la justicia militar, estableciendo que esta jurisdicción solo aplique a delitos de función, siguiendo estándares internacionales.
Un tema ya resuelto por la Corte Suprema
El debate sobre la jurisdicción en casos de delitos comunes cometidos por militares y policías no es nuevo en Perú. En 2005, la Corte Suprema resolvió que estos delitos debían ser llevados al fuero común, y no al castrense. Este fallo tuvo lugar tras el caso del asesinato de Indalecio Pomatanta Albarrán, en el que se determinó que los crímenes comunes debían ser procesados fuera de la justicia militar.
Carlos Rivera, abogado del Instituto de Defensa Legal, explicó que el proyecto actual pretende modificar esta disposición, planteando cambios en el artículo 26 del Código Procesal Penal para que los delitos cometidos por personal militar y policial sean tratados por el fuero castrense. “El proyecto es abiertamente inconstitucional”, enfatizó Rivera, quien advirtió que el cambio en el Código Procesal Penal otorgaría a la justicia militar-policial la capacidad de reclamar casos que deberían ser tratados en la justicia ordinaria.
Rivera, además, destacó que la situación actual es diferente a la de los años ochenta y noventa, cuando la justicia militar-policial asumía la investigación de numerosos casos bajo lo que él describió como una “estrategia de impunidad” en el contexto del conflicto interno en Perú.
Implicaciones para la imagen de la Policía y el Ejército
Campos también manifestó su preocupación sobre cómo este proyecto podría afectar la imagen de los efectivos policiales y militares en Perú. Sostuvo que, lejos de mejorar la lucha contra el crimen y la inseguridad ciudadana, la propuesta podría empañar la percepción pública hacia las fuerzas del orden. Según Campos, en la actualidad existe un marco legal que regula el uso de la fuerza por parte de los agentes de seguridad en situaciones específicas, y este no ha sido un impedimento para que la labor de las fuerzas armadas y policiales sea valorada en su papel en la seguridad ciudadana.
El abogado enfatizó que los casos de uso de fuerza letal en contextos de legítima defensa están amparados por la legislación nacional, de modo que la iniciativa planteada no solucionaría ninguna carencia en la protección de los agentes, sino que más bien podría generar percepciones negativas. “El proyecto puede poner en cuestión la imagen de nuestros buenos policías y militares”, advirtió Campos, destacando que el reconocimiento de los agentes no debe implicar la creación de privilegios de jurisdicción que cuestionen la equidad de la justicia.
Críticas al origen del proyecto
El proyecto de ley ha sido promovido por el congresista Fernando Rospigliosi, miembro de Fuerza Popular. Aunque la medida cuenta con el respaldo de sectores conservadores y algunas instituciones de defensa, también ha sido fuertemente criticada en el ámbito legal y de derechos humanos. Recientemente, durante el Consejo de Estado, se firmó un acuerdo que incluía una propuesta similar, aunque no se ha revelado en detalle su contenido.
Posibles repercusiones de aprobarse el proyecto
La aprobación de esta ley podría generar serios conflictos judiciales y sociales, además de deteriorar la relación entre Perú y los organismos internacionales de derechos humanos. La Comisión Interamericana de Derechos Humanos ya ha expresado preocupación en casos similares en otros países de la región, y la implementación de medidas que amplíen el alcance de la justicia militar podría ser percibida como un retroceso en materia de derechos humanos.




