Mediante Resolución Nº 37 de fecha 7 de julio de 2016, expedida por la Sala Mixta permanente de la Corte Superior de Justicia de Huánuco, se declaró improcedente la Acción de Amparo presentada por 18 extrabajadores de la Municipalidad de Huánuco durante la gestión de Jesús Giles y Cléver Zevallos.
Como se recuerda, en la gestión de Somos Perú, en el último año de su gestión, se emitió una resolución de contrato indeterminado a 18 trabajadores de confianza, la cual fue anulada al ingresar la nueva gestión de Aníbal Solórzano, en el 2015.
En la resolución, los magistrados por mayoría de tres votos a dos determinaron revocar la sentencia 693-2015 emitida en primera instancia y declararon improcedente la demanda interpuesta por Hugo Llanos, Ever Grández, William Espinoza, Edgar Cruz, Gustavo Encarnación, Luis Huapalla, Edson Falla, Norma Pinzas, Edith Crespo, Luis Calle, Donal Aranda, Yone lAzado, Wualde Montes, Williams Maza, Dionila Nazar Canchaparán, Jorge Esteban, José Venancio y Carlos Souquón.
De esta manera, en segunda y definitiva instancia se determina que es improcedente la acción de amparo con la que se pretendía la reincorporación de estos trabajadores de confianza de la gestión de Giles Alipázaga y Zevallos Fretel que gobernaron el municipio huanuqueño en los periodos 2007-2010 y 2011-2014 con desastrosos resultados por el caos en que dejaron la ciudad que hasta ahora no se puede reponer.



