Luego de una ardua batalla legal de más de una década de duración, la Sala Civil Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, falló a favor de la Junta Administradora de Bienes Inmuebles del Colegio Nacional Leoncio Prado, en el recurso de casación (anulación de sentencia por incorrecta interpretación o aplicación de la ley) para Indemnización por Daños y Perjuicios que solicitará Max Huebner Faura Padilla.
La disputa se inició con la acusación de Max Faura de un supuesto incumplimiento de contrato por parte de la Junta Administradora, motivo por lo cual pedía ser compensado por daños y perjuicios derivados de ese supuesto incumplimiento, argumentando daño emergente, lucro cesante y daño moral.
La demanda de Faura contra el emblemático Colegio Leoncio Prado, establecía dos puntos fundamentales: a) Determinar si corresponde ordenar la indemnización por daños y perjuicios por incumplimiento del contrato por parte de la Junta Administradora de Bienes del Colegio Leoncio Prado, ascendente a la suma de S/5 525 736, y b) Determinar si con el incumplimiento del contrato por parte de la Junta Administradora, se ha causado daños y perjuicios a Max Faura Padilla hasta por la mencionada suma.
El dictamen de la corte es: Declarar infundado el recurso de casación interpuesto por Max Huebner Faura Padilla, en consecuencia NO CASARON la sentencia expedida por la Sala Civil de la Corte Superior de Justicia de Huánuco, y dispuso la publicación de la resolución en el diario oficial El Peruano.




