Exclusión de John Romero en el JNE

Argumentando que la sentencia que inhabilita a su candidato aún no está ejecutoriada porque está pendiente de resolverse un recurso en el Tribunal Constitucional, el Frente Amplio Regional Paisanocuna apeló la resolución que excluye la candidatura de John Romero Lloclla.
Con Resolución N° 1436-2018 el Jurado Electoral Especial de Huánuco concedió ayer el recurso de apelación presentado por Juan Nolorve Rojas, personero legal del Fare Paisanocuna y lo elevó ante el Jurado Nacional de Elecciones para que resuelva en última instancia.
El Fare Paisanocuna solicitó que se declare fundada su apelación, se revoque la resolución y se declare improcedente la exclusión de Romero señalando que la resolución del JEE Huánuco vulnera el derecho a la participación política y a la debida motivación porque otorga el mismo significado a una decisión firme como si fuera consentida o ejecutoriada. Aunque admite que la sentencia de Romero es firme, señala que esta no es materia de la regulación por la ley electoral que sí exige condenas consentidas o ejecutoriadas para la exclusión de un candidato.
El Fare Paisanocuna señala que el JEE incurrió en una errónea interpretación de la Ley de Elecciones Regionales al excluir a Romero considerando que su condena está consentida o ejecutoriada.
Señala que Romero no ha consentido la sentencia porque tiene en trámite un recurso de agravio constitucional que debe ser resuelto en última instancia por el Tribunal Constitucional y mientras tanto la condena tampoco está ejecutoriada “porque no se agotaron los recursos que la ley prevé”.
Por lo tanto, señala que el JEE cometió avocamiento indebido en el proceso judicial que sigue en curso porque se pronunció antes de esperar la resolución del Tribunal Constitucional sobre el recurso de agravio constitucional.