La reciente implementación de la norma que prohíbe la circulación de dos personas en moto lineal en Lima y Callao, zonas actualmente bajo estado de emergencia debido al aumento de la criminalidad, ha desatado una ola de críticas y protestas. Esta medida, que entró en vigor el jueves 17 de abril, ha generado un fuerte debate sobre su efectividad y su impacto en la vida cotidiana de miles de ciudadanos que utilizan este medio de transporte para trabajar o trasladar a sus familias. La restricción se suma a otras ya implementadas en el pasado con el mismo objetivo, como la prohibición de circulación de motos lineales conducidas por menores de edad y la obligatoriedad del uso de chalecos reflectantes con el número de placa.
Según la investigación publicada por El Comercio, el Gobierno se vio obligado a emitir un reglamento para aclarar los alcances de la norma, especialmente en lo que respecta a los servicios de delivery. Esta aclaración se produjo tras una serie de cuestionamientos sobre la falta de claridad en el procedimiento de intervención y las sanciones aplicables, lo que generó mayor incertidumbre entre los motociclistas.
El reglamento establece que solo los conductores habilitados e inscritos en el recientemente creado Registro Nacional de Prestadores y Conductores del Servicio y Actividad de Transporte de Envíos de Entrega Rápida podrán prestar servicios de delivery. Las municipalidades provinciales serán las encargadas de mantener actualizado este registro. El incumplimiento de esta normativa será sancionado con una multa de 0.8 UIT (Unidad Impositiva Tributaria) y la retención del vehículo. Se hace hincapié en que los trabajadores del servicio de delivery no podrán llevar acompañantes.
Además, la norma exige que los conductores de moto lineal porten cascos de seguridad, anteojos protectores transparentes y chalecos de material retrorreflectivo con el número de matrícula de la motocicleta visible en la espalda. Esta exigencia busca facilitar la identificación de los motociclistas y disuadir el uso de este medio de transporte para fines delictivos. Sin embargo, algunos gremios de motociclistas señalan que ya existen regulaciones sobre estos temas y que esta medida es redundante.
En respuesta a la norma, los motociclistas organizaron una movilización desde el Campo de Marte hasta la Defensoría del Pueblo el martes pasado, anunciando una nueva marcha para el próximo domingo en la avenida Salaverry. El defensor del Pueblo, Josué Gutiérrez, propuso el desarrollo de un software con inteligencia artificial para crear una aplicación que permita registrar a las personas que utilizan la motocicleta como medio de trabajo, buscando formalizar el sector y combatir la simulación de actividades de delivery para cometer asaltos. Asimismo, planteó la unificación de la base de datos de las municipalidades que otorgan licencias de conducir para verificar la validez de los brevets.
Diego Sarazu, representante de Moteando Perú, declaró que su colectivo ha decidido no acatar la norma, argumentando que el decreto supremo no estipula ninguna sanción ni procedimiento de fiscalización. Considera que la medida será ineficaz debido a la imposibilidad de fiscalizar a todas las parejas en moto en Lima y Callao. Por otro lado, José Luis Huamán, de la Asociación Hermanos Motociclistas Unidos del Perú (AHMUP), aconseja a sus miembros grabar las intervenciones policiales para denunciar posibles abusos de autoridad, señalando que la norma no especifica el procedimiento de intervención.
El jefe de la Región Policial Lima, general PNP Enrique Felipe Monroy, reconoció que el incumplimiento de la norma no constituye una infracción administrativa, pero afirmó que la policía puede realizar controles de identidad y, en caso necesario, trasladar a los motociclistas a la comisaría. Indicó que se actuará con flexibilidad en situaciones como el traslado de un menor al colegio, pero se será estricto con aquellos que utilicen cascos ahumados que impidan la identificación del rostro. La Policía espera la modificación del Reglamento Nacional de Tránsito para incorporar el traslado de dos personas en moto como infracción administrativa y poder sancionar.
Los representantes de los motociclistas coinciden en que el decreto supremo carece de claridad, ya que no establece sanciones administrativas ni económicas. Además, critican la mención a accesorios adicionales en los cascos, argumentando que solo se utiliza el casco en sí, lo que evidencia un desconocimiento del tema. Asimismo, señalan que la propuesta de implementar un salvoconducto para permitir la circulación de dos personas en moto, surgida durante el diálogo con la Defensoría del Pueblo, no se concretó, generando frustración entre los motociclistas.