Detención sin flagrancia eliminada: el dilema judicial que pone en jaque la lucha contra el crimen en Perú

La reciente eliminación de la detención preliminar sin flagrancia en el Perú, establecida mediante la Ley Nº 32181, ha generado una intensa polémica entre especialistas, autoridades y ciudadanos. Aunque sus defensores argumentan que protege los derechos fundamentales, fiscales y jueces advierten sobre los riesgos que implica esta nueva normativa en la lucha contra el crimen organizado y la corrupción.

¿Qué establece la Ley Nº 32181?

Promulgada el 11 de diciembre de 2024, la norma modifica el Código Procesal Penal, restringiendo la detención preliminar exclusivamente a casos de flagrancia delictiva. Antes de esta modificación, los jueces podían autorizar detenciones preliminares a pedido de la Fiscalía cuando había indicios suficientes de un delito grave, siempre que existiera riesgo de fuga u obstrucción de la justicia.

Con la nueva ley, las autoridades deben esperar que el presunto delincuente sea sorprendido en flagrancia, lo que plantea desafíos importantes para las investigaciones.

Motivaciones detrás de la ley

La norma reúne propuestas de tres proyectos legislativos presentados por congresistas de Perú Libre y Fuerza Popular, quienes defendieron su aprobación como un mecanismo para fortalecer la presunción de inocencia y evitar abusos judiciales. Según Américo Gonza Castillo, uno de los promotores, “esta ley protege a los ciudadanos de detenciones arbitrarias y fortalece la seguridad jurídica”.

Sin embargo, la controversia no se ha hecho esperar. Para algunos, las verdaderas motivaciones detrás de la ley responden a intereses políticos. La mención constante de Nicanor Boluarte, hermano de la presidenta, bajo investigación, ha levantado sospechas sobre un posible trasfondo en la aprobación de esta norma.

Críticas desde el sistema judicial

El Ministerio Público y el Poder Judicial han mostrado su rechazo a la Ley Nº 32181, señalando que podría debilitar gravemente la lucha contra delitos complejos.

Víctor Cubas, vocero del Ministerio Público, advirtió en una reciente entrevista con RPP que la norma “limita de manera peligrosa las herramientas judiciales para combatir delitos graves, especialmente el crimen organizado y la corrupción”. Cubas subrayó que las investigaciones muchas veces requieren de detenciones preliminares para garantizar que los sospechosos no obstruyan la justicia o destruyan pruebas.

Por su parte, el presidente del Poder Judicial, Javier Arévalo, afirmó que los jueces tienen la capacidad de inaplicar normas que consideren inconstitucionales. “No descartamos que esta norma sea inaplicable en casos específicos donde se comprometan los derechos fundamentales de las víctimas o la efectividad del proceso judicial”, declaró Arévalo.

Impacto en la seguridad ciudadana

El crimen organizado y la delincuencia común se encuentran entre las principales preocupaciones del país. La eliminación de la detención sin flagrancia podría beneficiar a redes criminales y dificultar investigaciones clave en áreas como narcotráfico, corrupción y trata de personas.

Para el abogado penalista Luis Landa, “esta ley pone en peligro los avances en investigaciones complejas. Sin la posibilidad de detener a sospechosos mientras se recaban pruebas, las organizaciones criminales ganan tiempo para reorganizarse y evadir la justicia”.

El debate político: ¿reforma o derogatoria?

Eduardo Salhuana, presidente del Congreso, reconoció que la Ley Nº 32181 podría tener consecuencias negativas y señaló que existe voluntad política para corregir sus posibles defectos. Por otro lado, sectores de oposición han exigido que se presente una reforma urgente que equilibre la protección de derechos individuales con la eficacia de las investigaciones judiciales.

“Es imprescindible encontrar un punto medio”, aseguró la congresista Susel Paredes. “No podemos desarmar al sistema judicial frente a la delincuencia, pero tampoco permitir abusos de poder”.

Posibles escenarios

Mientras el Congreso evalúa modificaciones a la norma, el Poder Judicial podría optar por inaplicarla en ciertos casos específicos, como ya lo han sugerido algunos magistrados.

En cualquier caso, los próximos días serán clave para determinar si la Ley Nº 32181 se mantendrá en su forma actual o si sufrirá modificaciones para mitigar sus efectos negativos. En un país donde la percepción ciudadana sobre la justicia y la seguridad está constantemente bajo escrutinio, esta medida podría ser un punto de inflexión para el sistema judicial peruano.