Un ciudadano denunció ante el Gobierno Regional de Huánuco presuntas irregularidades en la Licitación Pública de Obras N° 004-2025-GRH/C-1, correspondiente a la construcción de pistas y veredas en las urbanizaciones Primavera, Limonal y San Francisco, en el distrito de Amarilis. La carta, ingresada oficialmente el 11 de agosto de 2025, alerta sobre la presentación de un documento presuntamente falso por parte del Consorcio Colectora y solicita la nulidad del proceso, según se lee en el escrito revisado por este medio.
Certificado cuestionado y pruebas presentadas
De acuerdo con la denuncia, el Consorcio Colectora habría presentado un “Certificado de Trabajo” del 16 de junio de 2025 para acreditar la experiencia de la especialista ambiental Mary Evelin Espinoza Huerto. Sin embargo, dicho certificado fue desconocido por Antonio Sánchez Ibarra, representante legal del Consorcio Ejecutor Once, quien mediante declaración jurada con firma legalizada aseguró que no lo emitió.
En palabras del denunciante, “el Gobierno Regional de Huánuco, representado por el comité evaluador, ha sido sorprendido por el accionar malicioso del Consorcio Colectora”. Como sustento, adjuntó copia del certificado observado, la declaración jurada de Sánchez Ibarra y actas de suspensión y reinicio de una obra en Umari donde se pretendía acreditar experiencia.
Argumentos legales citados en la carta
El escrito invoca el artículo 83 del Reglamento de la Ley N.° 32069, Ley General de Contrataciones Públicas, que establece que la entidad puede declarar la nulidad de la buena pro o del contrato si se comprueba la falsedad en los documentos presentados. Asimismo, cita el literal d) del artículo 5 de la misma norma, que señala: “integridad: es la conducta obligada de todo aquel que participe en el proceso de contratación, quien guiado por la honestidad, veracidad y la apertura a la rendición de cuentas, evita y denuncia cualquier práctica indebida o corrupta”.
El denunciante también recuerda que, de confirmarse la irregularidad, corresponde comunicar el caso al Tribunal de Contrataciones Públicas para el inicio de un procedimiento sancionador.
Alegan trato desigual a otro postor
El documento sostiene que el Comité Evaluador habría descalificado al Consorcio Primavera con base en presuntas incongruencias en la oferta económica, pese a que en la etapa de admisión solo debía revisarse la presentación de documentos mínimos como declaraciones juradas y pactos de integridad. Para el denunciante, este proceder contravino lo estipulado en las bases integradas y en el artículo 71 del Reglamento de la Ley de Contrataciones, favoreciendo directamente al Consorcio Colectora.
Dato:
En la parte final de la carta, se solicita que el Gobierno Regional de Huánuco disponga la nulidad de la buena pro y retrotraiga el procedimiento hasta la etapa de admisión de ofertas. Además, el ciudadano advierte: “De no efectuar vuestro despacho las acciones pertinentes, me veré en la obligación de poner en conocimiento de la Contraloría General de la República y del Ministerio Público”.




