El Colegio de Abogados de La Libertad presentó una demanda de inconstitucionalidad contra la Ley 32130, que transfiere a la Policía Nacional del Perú (PNP) la facultad de realizar investigaciones preliminares, una competencia que la Constitución otorga exclusivamente al Ministerio Público. La demanda, ingresada el pasado jueves al Tribunal Constitucional, sostiene que esta norma contraviene principios constitucionales fundamentales como la presunción de inocencia y la independencia del Ministerio Público.
Según el documento al que accedió La República, la Ley 32130 viola el artículo 159 de la Constitución, que establece que el Ministerio Público es el encargado de conducir desde su inicio la investigación de delitos, mientras que la Policía debe acatar sus mandatos. “La norma menoscaba gravemente la actuación del Ministerio Público al reducir su rol a una ‘conducción jurídica’, restándole así el protagonismo que le corresponde en la persecución del delito”, señala la demanda.
El Colegio de Abogados argumenta que, al darle a la Policía el control de la investigación preliminar, se crea un escenario en el que las garantías procesales se ven comprometidas. La Fiscalía, que en el actual sistema procesal es quien dirige la investigación, quedaría relegada, lo que podría abrir la puerta a abusos policiales o la fabricación de pruebas, como ha ocurrido en otros países que adoptaron reformas similares.
Impacto de la Ley 32130 en la persecución del delito
La Ley 32130 ha sido criticada por juristas y colectivos civiles, quienes afirman que al trasladar el control de las investigaciones preliminares a la Policía, se debilita la capacidad de la Fiscalía para garantizar una investigación objetiva y apegada a los derechos del acusado. En la demanda presentada, se advierte que esta contrarreforma nos lleva de regreso al Código de Procedimientos Penales de 1940, en el que el fiscal tenía un rol subordinado frente a la Policía. Este modelo cambió con el Código Procesal Penal de 2004, que otorgó al fiscal la dirección de la investigación desde su inicio.
“El fiscal en el sistema acusatorio no es más un simple observador o ‘notario’ de la PNP, como lamentablemente ocurre con la Ley 32130. El fiscal dirige las diligencias porque es él quien sabe qué busca acreditar, mientras que la Policía actúa como apoyo”, señala el Colegio de Abogados en su demanda.
Asimismo, el gremio advirtió que la subordinación de la Policía al poder político, a través del Ministerio del Interior, podría comprometer la independencia de las investigaciones, en tanto los efectivos policiales están sujetos a las órdenes de sus superiores. Según portal La República, bajo la autoría de Diego Casimiro.




