La reciente decisión de la Corte Suprema que permitía la reducción de penas a agresores sexuales en casos en los que existiera un hijo producto de la violación y el condenado fuera el único responsable de su manutención ha generado una ola de indignación y críticas en todo el país. Sin embargo, tras el fuerte cuestionamiento público, la Corte Suprema ha dado marcha atrás y ha dejado sin efecto esta resolución.
En un comunicado, la Corte Suprema indicó que “los integrantes del XII Pleno jurisdiccional de las Salas Penales, en aras de valorar ampliamente el punto materia de cuestionamientos públicos, ACORDARON dejar sin efecto los fundamentos 50° y 51º del Acuerdo Plenario 1-2023/CIJ-116″. Además, anunciaron que en un próximo Pleno se tomarán opiniones de la “comunidad jurídica y nacional” para evaluar la necesidad de su inclusión.
La polémica decisión había suscitado fuertes críticas por parte de instituciones defensoras de los derechos de la mujer, niños y adolescentes, así como de exministras de la Mujer y ciudadanos en general. La medida fue calificada como “repudiable” y se consideraba que promovía la impunidad en casos de agresión sexual.
La indignación generalizada y las críticas públicas llevaron a la Corte Suprema a reconsiderar su posición, destacando la importancia de la voz de la sociedad en la protección de los derechos de las víctimas de violación.




