Congreso y Poder Judicial coinciden en que el 7 de diciembre de 2022 no hubo golpe de Estado

Dos decisiones recientes —una política y otra judicial— han reabierto el debate sobre lo ocurrido el 7 de diciembre de 2022. Por un lado, el Congreso no alcanzó los votos para inhabilitar a Pedro Castillo por infracción constitucional vinculada al intento de golpe; por otro, la Sala Penal Especial de la Corte Suprema lo condenó por conspiración para la rebelión, descartando la figura de rebelión consumada. En la práctica, ambas resoluciones coinciden en un punto: no se configuró un golpe de Estado consumado, sino un acto que quedó en fase previa.


Punto de quiebre
El caso Castillo entró a una nueva etapa por una coincidencia institucional que pesa: el Congreso no lo inhabilitó por el “golpe” y el Poder Judicial lo condenó por conspiración, no por rebelión. El resultado político-judicial no borra la gravedad de lo ocurrido, pero sí redefine su calificación jurídica: no hubo control efectivo ni ejecución material suficiente para hablar de un golpe consumado.


En el Parlamento, la propuesta de inhabilitación contra el expresidente no prosperó por falta de votos. El hecho dejó sin sanción política esa acusación en particular y abrió la lectura de que el Legislativo, en términos formales, no consolidó la tesis de un golpe consumado a través de una inhabilitación. (Este desenlace contrasta con las posturas de bancadas que sostenían el quiebre constitucional).


En sede judicial, la Sala Penal Especial condenó a Castillo a 11 años, 5 meses y 15 días por conspiración para la rebelión, una figura que supone coordinación y voluntad de ruptura del orden, pero sin consumación material del alzamiento armado que exige la rebelión. En el mismo proceso también fueron sentenciados Betssy Chávez, Willy Huerta y Aníbal Torres (con penas según el rol atribuido).


Cambia el escenario
La línea que marca la sentencia —conspiración versus rebelión— no es un matiz: define el estándar probatorio y el nivel de ejecución. Al no acreditarse un dominio material del poder (control territorial, acatamiento de fuerzas, ejecución efectiva), el caso queda jurídicamente encuadrado como un intento que no se consolidó. Esa diferencia impacta en la pena y en el debate público que Castillo busca capitalizar.


Tras la lectura de sentencia, Castillo cuestionó el fallo y sostuvo que no se le pudo confirmar rebelión, insistiendo en que su caso estaría plagado de irregularidades. El exmandatario utiliza el encuadre de “conspiración” para sostener su argumento político, mientras el proceso continúa siendo un eje de polarización nacional.


El saldo es contundente: el Congreso no consolidó la sanción política por “golpe” y la Corte lo sentenció por conspiración, no por rebelión consumada. Dos rutas institucionales distintas terminan empujando una misma conclusión jurídica: lo del 7 de diciembre fue un quiebre intentado, pero no un golpe consumado.