Congreso modifica Ley de Crimen Organizado: ¿real avance o ajuste superficial?

El Congreso de la República aprobó este miércoles con 70 votos a favor, sin necesidad de una segunda votación, el texto sustitutorio que modifica la Ley 32108, conocida como la Ley de Crimen Organizado, la cual había sido fuertemente cuestionada por diversos sectores de la ciudadanía y organismos públicos y privados. Uno de los cambios más significativos recae en el artículo 317 del Código Penal, donde, aunque se mantuvo la definición de “organizaciones criminales”, se realizaron modificaciones a las especificaciones sobre los delitos que abarca la norma.

De acuerdo con Eva Palomino de La República, la definición de “organización criminal” se sigue refiriendo a “todo grupo con compleja estructura desarrollada y mayor capacidad operativa compuesto por tres o más personas con carácter estable, permanente o por tiempo indefinido que, de manera concertada y coordinada, se reparten roles correlacionados entre sí”. Sin embargo, se han precisado los tipos de delitos que cubre la ley, como extorsión, secuestro y sicariato, todos sancionados con penas de prisión de al menos cinco años.

Un aspecto controvertido que también fue modificado es la presencia obligatoria de un abogado durante los allanamientos. Mientras que la versión anterior exigía la presencia de un abogado privado, la nueva redacción establece que un abogado de defensa pública debe estar presente desde el inicio de la ejecución del allanamiento, lo cual será responsabilidad del sistema de defensa pública. Esta medida fue celebrada por el fiscal Jorge Chávez Cotrina, quien explicó que durante las reuniones con el Congreso se discutió la importancia de garantizar la presencia de un defensor público para agilizar los operativos.

“El director de defensa pública garantizó que los abogados estarán presentes desde el primer momento de la intervención, lo cual es un avance importante”, señaló Chávez Cotrina en declaraciones a La República. Además, destacó que la modificación fue un reflejo de la presión ciudadana, lo que obligó al Congreso a reflexionar y ajustar la norma para hacer más efectivos los operativos contra el crimen organizado.

Por otro lado, el Congreso también aprobó la incorporación del delito de “criminalidad sistemática” al Código Penal, previamente denominado “terrorismo urbano”. Esta medida fue respaldada por Fuerza Popular y Perú Libre, y propone la imposición de penas de cadena perpetua para delitos graves relacionados con la criminalidad organizada. La propuesta fue aprobada en primera votación con 73 votos a favor, 20 en contra y 15 abstenciones, y se someterá a una segunda votación en un plazo de siete días.

La rapidez con la que se han introducido estos cambios y la brevedad de algunos textos, como el que define el delito de criminalidad sistemática, que consta de apenas cinco líneas, han generado tanto apoyos como críticas, ya que algunos sectores consideran que aún es necesario mayor debate sobre las implicaciones de estas modificaciones.