Con 97 votos a favor, el Pleno del Congreso aprobó una reforma al Código Penal que permitirá a los jueces ordenar la deportación inmediata de extranjeros capturados en flagrancia, es decir, “con las manos en la masa”. La medida fue exonerada de segunda votación y queda lista para su promulgación por el Ejecutivo.
La decisión responde a la creciente preocupación ciudadana por el aumento de delitos cometidos por personas extranjeras. Según una encuesta de CPI y Exitosa, el 95 % de la población apoya la expulsión de quienes delinquen en territorio peruano, reflejando una demanda social clara por medidas más contundentes.
La nueva normativa establece que la expulsión podrá ordenarse en la audiencia de control de detención o en las 24 horas posteriores a la captura, siempre que se demuestre la flagrancia. Esta vía rápida evitará procesos judiciales prolongados, permitiendo que los detenidos sean retirados del país sin esperar una sentencia definitiva.
Además, se prohíbe el reingreso del expulsado durante el tiempo que dure la pena máxima por el delito cometido, plazo que puede ir de 5 a 25 años. Si el expulsado regresa al Perú durante ese periodo, enfrentará una condena de 6 a 10 años de prisión, según precisó el congresista Jorge Soto, de Alianza Para el Progreso, autor de la iniciativa.
La ley también incorpora medidas de reparación civil. Permitirá el decomiso o la extinción de dominio sobre los bienes del delincuente, con el objetivo de compensar a las víctimas. Esta reparación no estará sujeta a prescripción, lo que garantiza el derecho a una compensación efectiva.
La norma contempla excepciones por razones humanitarias y jurídicas: no se aplicará a menores de edad, solicitantes de refugio ni a personas cuya expulsión vulnere derechos reconocidos por la Constitución o tratados internacionales.




