El Juzgado Penal Supraprovincial Permanente de Huánuco dictó una sentencia de 19 años y cuatro meses de prisión contra Gilmer Corne Atavillos, hallado culpable del delito de violación sexual en agravio de una joven de 25 años, así como de lesiones graves ocasionadas al conviviente de la víctima. En la misma resolución, también fue condenado su hijo, Mario Corne Clemente, a cinco años y cuatro meses de cárcel como coautor del delito de lesiones graves en perjuicio del mismo agraviado.
El caso se remonta a la noche del 27 de diciembre de 2019, en el caserío de Marahuajaj, comunidad campesina de Yanapaccha Huajaj, en el distrito de Santa María del Valle. De acuerdo con la acusación fiscal, padre e hijo se presentaron armados con una escopeta en la vivienda de la víctima y su pareja, tras un conflicto por la presunta sustracción de truchas, propiedad de los agraviados.
La mujer, de 25 años, salió a atender el llamado por indicación de su conviviente. En ese momento fue reducida por los acusados, quienes le cubrieron el rostro con una prenda y la llevaron a un descampado, donde se produjo la agresión sexual. Según los alegatos presentados en juicio, para someterla, la golpearon con la culata del arma, dejándola inconsciente.
Instantes después, el conviviente de la joven salió a buscarla, encontrando a los agresores en el acto. También fue violentamente atacado y quedó desmayado. Al recobrar el conocimiento, encontró a su pareja herida y con la cabeza ensangrentada.
El caso fue llevado por el Primer Despacho de la Sexta Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Huánuco, bajo la dirección del fiscal provincial Miguel Ángel Malpartida Mendoza. La exposición de pruebas estuvo a cargo de la fiscal adjunta Luci Santillán Estrada, quien sustentó la acusación con diversos elementos probatorios.
Además de la condena efectiva, el fallo judicial ordena el pago de una reparación civil de S/ 3000 por parte de Gilmer Corne a favor de la agraviada del delito sexual. A esto se suma una indemnización solidaria de S/ 2500 por concepto de daños ocasionados al conviviente.




