Concejo Provincial rechaza vacancia de alcalde Aníbal Solórzano

Con 9 votos en contra y 4 a favor, el Concejo Provincial de Huánuco rechazó anoche el pedido de declaración de vacancia de la Alcaldía de Huánuco que ocupa Aníbal Solórzano, que solicitó el dirigente transportista Evaristo Bueno por concesionar las fiestas de aniversario al empresario Joel Flores.
Llamó la atención la ausencia del teniente alcalde Richard Borja quien nunca llegó a la sesión. Quienes rechazaron el pedido de vacancia fueron los regidores Teófilo Sánchez, Sarmit Huaynate, Roy Gonzales, Julio Cantalicio, Ney Loyola, Giancarlo Rivera, Laura Ríos, Segundo Ramírez y el propio alcalde. Votaron a favor de la vacancia los regidores de oposición Lorenzo Silva, Varinia Calvo, Raúl Cajahuanca y José Pablo.
La sesión duró más de 2 horas y media y se realizó en presencia de funcionarios y trabajadores de la municipalidad, y madres del Vaso de Leche que llevaron pancartas de apoyo al alcalde.
Vacancia
Sin abogado, Bueno sustentó el pedido de vacancia ante el Concejo. Dijo que Solórzano transgredió el Artículo 63 de la Ley Orgánica de Municipalidades al favorecer con la concesión de las fiestas de aniversario al consorcio Wanuko Entertaiment del empresario Joel Flores “su amigo y financista de campaña”. Brevemente, el dirigente aseguró que con la concesión la municipalidad perdió 308 mil soles, y que la empresa no paga hasta ahora los impuestos por estas actividades. “Se hipotecó los ingresos que debía percibir la municipalidad si hubiera organizado las actividades”, señaló.
El alcalde se defendió señalando que el Concejo autorizó la concesión y que la Ley Orgánica le obligaba a firmar el contrato. Rechazó haber transgredido las restricciones de contratación señalando que no se contrató un bien municipal sino que se hizo un contrato de locación de servicio para que la empresa realice las actividades de celebración que no son parte del patrimonio municipal. Negó que haya favorecido a Flores con la concesión para pagar favores políticos.
Víctor Alomía, abogado del edil, sustentó que no procede el pedido de vacancia porque vulnera el debido proceso y principio de inocencia del alcalde al acusarlo sin pruebas. Agregó que el pedido no cumple los 3 presupuestos que configuran la causal establecidos por el Jurado Nacional de Elecciones. En ese sentido dijo que el alcalde no firmó contrato donde dispone de bienes municipales, que no se demostró un interés directo del alcalde y que tampoco se demostró que exista conflicto de intereses en este caso.
El defensor señaló que el contrato pasó por diversas áreas de la municipalidad, que no existen pruebas que se favoreció al empresario y que no hubo perjuicio económico porque no se exoneraron los impuestos a la empresa.
El asesor legal de la MP-Hco., Raúl Oyarce, señaló que el pedido es improcedente porque no concurren los 3 presupuestos exigidos por el JNE. Agregó que la exoneración nunca se concretó porque fue anulada. También descartó que se haya contratado bienes municipales porque las actividades por aniversario “no son bienes de propiedad municipal”.
Regidores
Señalando que no existen pruebas los regidores de oficialismo rechazaron el pedido de vacancia. En contraste, los de oposición votaron por la vacancia. Calvo señaló que sí está probado que se remataron los “servicio públicos municipales”, que se entregó la concesión a dedo, que desde un inicio se exoneró el pago y que se corrigió con la adenda, pero hasta ahora la empresa no paga los impuestos.
Cajahuanca insistió en que Solórzano transgredió las restricciones de contratación, que hubo muchos vicios administrativos. Pablo señaló que se favoreció al consorcio que no cumple las formalidades porque 2 empresas no existen. Dijo que Flores vendió más de medio millón de soles en cerveza y que además tercerizó las serenatas al grupo Caribeña el 13 de agosto y el 15 a otra empresa que trajo a Ráfaga. Silva afirmó que la municipalidad gastó más de 1 millón en las actividades y que costeó la limpieza e iluminación de las actividades realizadas por Flores.
Solórzano volvió a defenderse señalando que se contrató a una persona natural y no a empresas consorciadas, dijo que no se convocó a proceso porque se contrató a costo cero.