Blindaje a Keiko y Fuerza Popular: Disponen archivo definitivo del caso “Cócteles” tras ejecutar sentencia del TC

El Décimo Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada resolvió ejecutar la sentencia del Tribunal Constitucional y, en consecuencia, declaró el sobreseimiento definitivo (archivo) del proceso seguido contra Keiko Sofía Fujimori Higuchi y el partido Fuerza Popular (antes Fuerza 2011), en el marco del denominado caso “Cócteles”. La decisión judicial comprende la investigación por el presunto delito de lavado de activos con el agravante de organización criminal, en agravio del Estado peruano.

De acuerdo con la resolución, el juzgado dispone el cierre del proceso en los extremos vinculados a esos delitos, al aplicar los criterios establecidos por el Tribunal Constitucional. En esa línea, el juez también ordenó el levantamiento de las medidas de coerción de carácter personal y real que se habían dictado durante la investigación, las cuales alcanzaban a la lideresa del partido y a otros implicados.

El pronunciamiento se produce en un escenario de alta atención pública, debido a que el caso “Cócteles” estuvo asociado a presuntos aportes irregulares y a la estructura de recaudación partidaria en campañas electorales. Sin embargo, el juzgado subraya que su actuación responde a la obligación de cumplir el fallo constitucional, lo que determina el desenlace procesal en esta etapa.
Archivo alcanza a dirigentes
La resolución no se limita a Keiko Fujimori. El juzgado extendió los efectos del pronunciamiento a una relación amplia de coprocesados y al propio partido político investigado. En la disposición se incluyen, entre otros, Pier Paolo Figari Mendoza y Ana Rosa Herz; Jaime Yoshiyama Tanaka y José Chlimper Ackerman; además de Augusto Bedoya y Adriana Tarazona. También se menciona, por contexto del expediente, a Mark Vito, así como a integrantes de la familia Blanco Matsuno, junto con otras personas que formaban parte de la investigación.
Con ello, el archivo se convierte en una medida de alcance colectivo dentro del proceso, al comprender tanto a personas naturales como a la organización política, en la medida en que la imputación principal —lavado de activos con agravante de organización criminal— era el eje estructural del requerimiento fiscal. En términos prácticos, el sobreseimiento definitivo implica que el proceso no continuará por esos delitos bajo las condiciones en que fue presentado.
El documento judicial enfatiza que la decisión se adopta al ejecutar una sentencia del Tribunal Constitucional, por lo que el juzgado delimita su función a hacer operativa esa determinación en el expediente. Este punto resulta clave, porque define el marco de actuación del juez y explica por qué el archivo se proyecta a todos los investigados comprendidos en los mismos fundamentos procesales.
Persisten imputaciones
Aunque el caso queda archivado por los delitos considerados más graves, la resolución precisa que subsisten imputaciones por los presuntos delitos de falsa declaración en procedimiento administrativo y falsedad genérica contra un grupo específico de investigados. Es decir, el juzgado no declara el cierre absoluto de todo lo investigado, sino que mantiene vigente —de manera acotada— la evaluación de esos cargos remanentes.
No obstante, el juez advierte que, por el carácter “estructural y transversal” de las imputaciones que ya fueron sobreseídas, resulta materialmente inviable continuar el trámite en los términos originales. En otras palabras, al quedar fuera la imputación central que sostenía la arquitectura del caso, el expediente pierde el soporte que articulaba los hechos, la calificación jurídica y la estrategia de persecución penal tal como había sido planteada.
Por ese motivo, el juzgado dispuso la devolución del requerimiento mixto al Ministerio Público. La finalidad es que el fiscal emita un nuevo pronunciamiento, debidamente sustentado, respecto de los delitos que aún permanecen en discusión. Con esta medida, la resolución deja abierta una ruta procesal distinta para los cargos restantes, pero exige que sean replanteados con fundamentos propios y compatibles con el nuevo escenario judicial.
En adelante, el curso del expediente dependerá de cómo el Ministerio Público reformule su posición sobre los extremos que no fueron archivados, así como de la viabilidad de sostenerlos de manera autónoma. Mientras tanto, el sobreseimiento definitivo por lavado de activos y organización criminal marca un punto de quiebre en uno de los procesos más conocidos vinculados a investigaciones por financiamiento político en el país.