Está estipulado en el Artículo 2. Inciso 4 de la Constitución Política del Perú: Derechos fundamentales de la persona.
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Artículo 2. Inciso 4. Toda persona tiene derecho: A las libertades de información, opinión, expresión y difusión del pensamiento mediante la palabra oral o escrita o la imagen, por cualquier medio de comunicación social, sin previa autorización ni censura ni impedimento alguno, bajo las responsabilidades de ley.
Pero en la comisaría de Amarilis, parece que los efectivos no conocen de este derecho fundamental que asiste a cualquier ciudadano.
El día de ayer, mientras un reportero de este medio de comunicación cubría una información de agresión a unas menores de edad, personal de dicha comisaría empezó a hostigarlo por el hecho que tomaba fotos.
Ante la respuesta del reportero que es un periodista que cubre la información, la suboficial Yoselin Vargas trató de impedir el trabajo del periodista pidiéndole su identificación y haciendo el ademán de intervenirlo.
La suboficial habría afirmado en forma amenazante que está prohibido tomar fotos a una institución pública, por lo tanto, el periodista debería retirarse.




