En el proceso de evaluación de los expedientes presentados por los movimientos políticos para las elecciones municipales complementarias de Pampamarca a efectuarse el 7 de julio próximo, se ha determinado excluir al candidato para alcalde por el movimiento Avanzada Regional Independiente (ARI), explicó el juez César González Aguirre, presidente del Jurado Electoral Especial de Huánuco. Asimismo fue declarada improcedente la solicitud de inscripción de la lista de candidatos del partido Acción Popular por no respetar la normatividad electoral para la elección de sus candidatos.
Detalló que en el caso de Rosas Orlando Herrera Calixto, candidato para alcalde de las filas del ARI se detectó incompatibilidades en su hoja de vida, entre la declaración presentada en el proceso de las Elecciones Municipales del 7 de octubre de 2018 y las que presentó para 2019. Se comprobó que tiene tres procesos judiciales, de los cuales en dos está clara su situación que no inhabilita su participación como candidato, pero en el tercer caso que se encuentra determinado como impedimento para poder postular a un cargo público no esclareció su situación judicial en un caso y por ende fue declarada su postulación como improcedente. Este candidato es considerado el favorito por haber ganado en el anterior proceso cuyas actas fueron incendiadas por pobladores que apoyan a otros candidatos.
En la lista de Acción Popular, liderada por el candidato Florencio Luján Sánchez, el expediente fue declarado improcedente por no respetar el sistema de elección secreto. En este caso emplearon la votación a mano alzada que es una clara violación a la norma electoral.




