El Segundo Juzgado Penal de Investigación Preparatoria ordenó que Jesús Giles Alipázaga y Josías Matías Leandro Berrospi, sentenciados en el caso Cole Travel, cumplan las reglas de conducta fijadas en la sentencia condenatoria. Con esa decisión el ciudadano Key Josehp Ramírez Cuesta solicitó al Jurado Electoral Especial de Huánuco que excluya del proceso electoral la candidatura de Giles a la Alcaldía de Huánuco.
Con Resolución n° 01, del 23 de julio, la jueza Anabely Meza Perez, del Segundo Juzgado Penal de Investigación Preparatoria, ordenó que Giles y Leandro cumplan las reglas de conducta fijadas en la sentencia que los condenó a un año para ejercer u obtener mandato o cargo público por el abuso de autoridad que cometió el exalcalde con el cierre y tapiado de la agencia de turismo Cole Travel, empresa acusada de una supuesta estafa a una promoción de alumnos.
La Sala Penal de Apelaciones confirmó esta sentencia y la defensa de Giles presentó un recurso de casación ante la Corte Suprema que revisó y votó la demanda el 20 de julio. Aún no se conoce la decisión de la Suprema en este caso.
Con la resolución del Segundo Juzgado Penal de Investigación preparatoria el ciudadano Key Josehp Ramírez Cuesta solicitó ayer al Jurado Electoral Especial de Huánuco que excluya la candidatura de Giles a la Alcaldía de Huánuco “por encontrarse inhabilitado”. Ramírez señala que el juzgado dispuso la ejecución provisional de la sentencia contra Giles.
Argumenta que con la ejecución de la sentencia Giles está inhabilitado para ejercer cargo público o por mandato popular y por ello corresponde su exclusión de la campaña electoral.
Sobre la candidatura de Giles pesa una tacha interpuesta por Ramírez que advirtió que el candidato no declaró en su hoja de vida que tenía sentencias por incumplimiento de obligaciones alimentarias. La omisión de información en la hoja de vida es causal de exclusión. El personero legal de la agrupación alegó que por error no se inscribió las sentencias.




