Ordenanza en Huánuco no otorga títulos de propiedad, afirma regidora Edith Flores

La ordenanza aprobada por la Municipalidad Provincial de Huánuco no concede títulos de propiedad ni reconoce formalmente asentamientos humanos, sino que se limita a facilitar servicios básicos, según afirmó la regidora Edith Flores. La norma, indicó, está orientada exclusivamente a la visación de planos y a la emisión de constancias de posesión para gestionar agua, luz y desagüe en los sectores de Aparicio Pomares y Las Moras.

Flores precisó que la iniciativa fue impulsada tras un memorial presentado por la mesa técnica de ambos sectores. “Esa ordenanza no da derecho a una titulación a nadie, solo es para servicios básicos”, sostuvo durante una entrevista, al recalcar que el texto no menciona reconocimiento ni adjudicación de propiedad.

Ante versiones que, según el periodista, circulan entre vecinos sobre una eventual titulación futura, la regidora fue enfática en señalar que “en la ordenanza no dice nada de lo que es para título de propiedad o reconocimiento de ningún asentamiento”. Reiteró que la medida responde a la necesidad de acceso a servicios esenciales y no modifica la situación legal de los predios.

Alcance limitado al distrito de Huánuco

Edith Flores manifestó que la ordenanza tiene aplicación exclusiva en el distrito de Huánuco y, en particular, en los sectores de Aparicio Pomares y Las Moras. Señaló que otros distritos de la provincia, como Amarilis, Pillco Marca, Santa María del Valle o Churubamba, cuentan con autonomía municipal para emitir sus propias constancias de posesión y realizar la visación de planos.

“Nosotros no tenemos por qué entregar las constancias de posesión para servicios básicos al distrito de Amarilis”, declaró, al subrayar que cada municipalidad distrital es competente en su jurisdicción. Añadió que, en el caso de Amarilis, corresponde a su propio gobierno local atender las solicitudes vinculadas a servicios básicos.

La regidora también indicó que la ordenanza alcanza tanto a asentamientos humanos reconocidos como no reconocidos, siempre en lo referido a servicios de agua, luz y desagüe. Según manifestó, el acceso a estos servicios constituye un derecho que no puede ser restringido por la falta de formalización de la propiedad.

¿Puede perderse el beneficio por procesos judiciales?

Frente a la preocupación de algunos vecinos cuyos asentamientos se encuentran judicializados o en zonas consideradas de riesgo, Flores sostuvo que la ordenanza “no se tiene por qué traer abajo” porque su finalidad es permitir el acceso a servicios básicos. Insistió en que no debe confundirse la constancia de posesión para servicios con el reconocimiento formal del asentamiento.

En caso de que los pobladores busquen el reconocimiento oficial o la titulación de sus predios, la regidora indicó que deberán seguir el “conducto regular” y presentar la documentación correspondiente por mesa de partes, en un procedimiento distinto al regulado por la ordenanza vigente.

Finalmente, Edith Flores informó que, además de Aparicio Pomares y Las Moras, otros asentamientos han presentado solicitudes para constancias de posesión con fines de servicios básicos. Mencionó casos como Vía Cruz, Nuevo Perú, Mirador y Chávez, cuyos expedientes, según dijo, ya ingresaron para evaluación. El alcance real y la cantidad total de beneficiarios dependerán, de acuerdo con su versión, de la revisión administrativa que realice la municipalidad en las próximas semanas.