El Consejo de Ética del Colegio de Abogados de Lima (CAL) agendó para enero de 2026 dos audiencias clave para revisar pedidos de suspensión o anulación de licencia profesional contra Patricia Benavides, fiscal suprema, y Juan Fernández Jerí, jefe de la Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público. Las denuncias, presentadas por la organización FOVIDA, sostienen que ambos habrían incurrido en presuntas infracciones al Código de Ética vinculadas a su desempeño en funciones públicas de alta responsabilidad. La evaluación del CAL definirá si existen méritos para abrir paso a eventuales sanciones, que pueden ir desde una amonestación hasta la cancelación de la colegiatura, según la gravedad y sustento de los hechos.
De acuerdo con la programación del Consejo de Ética, el expediente referido a Juan Fernández Jerí fue fijado para el 15 de enero de 2026. Se trata del expediente N.° 366-2024, presentado por FOVIDA, que solicita evaluar la suspensión o cancelación de su colegiatura por presuntas vulneraciones a la ley y al Código de Ética. La denuncia plantea que determinadas actuaciones, atribuidas al funcionario, podrían ser incompatibles con los deberes de independencia, prudencia y conducta irreprochable que se exige a un abogado cuando ejerce cargos con incidencia en el sistema de justicia.
En paralelo, el Consejo de Ética del CAL programó para el 22 de enero de 2026 la audiencia relacionada con Patricia Benavides. La denuncia, también formulada por FOVIDA, cuestiona diversos aspectos de su actuación profesional y pública, bajo el argumento de que existirían indicios de conductas que deberían ser examinadas desde el marco deontológico. Entre los puntos señalados se menciona la falta de transparencia respecto de información académica, la recepción de reconocimientos presuntamente incompatibles con la normativa y posibles situaciones relacionadas con conflicto de intereses, entre otros hechos que la entidad denunciante solicita que sean valorados por el órgano disciplinario.
Según los argumentos expuestos en la imputación, el caso de Juan Fernández Jerí se centra en presuntas reuniones o acercamientos con autoridades que afrontaban investigaciones fiscales. La organización denunciante sostiene que ese tipo de interacción, de acreditarse en los términos descritos, podría colisionar con prohibiciones legales y con principios éticos asociados a la imparcialidad, la independencia y la probidad en el ejercicio profesional, especialmente cuando el abogado ocupa funciones públicas vinculadas al control y supervisión dentro del Ministerio Público.
El eje del análisis del Consejo de Ética será determinar si los hechos descritos están suficientemente sustentados y si, en efecto, configuran una infracción de carácter disciplinario. Para ello, la evaluación suele considerar elementos como la existencia de documentación, comunicaciones u otros medios de verificación, además de los descargos que pueda presentar el denunciado. En este tipo de procedimientos, el CAL no juzga responsabilidades penales o administrativas de fondo, sino que enfoca su revisión en la eventual afectación a los deberes éticos del ejercicio de la abogacía.




