JEE declara inadmisible lista del APRA y observa candidaturas de Mulder y Enrique Valderrama

El Jurado Electoral Especial (JEE) de Lima Oeste 3 declaró inadmisible la lista de candidatos del Partido Aprista Peruano (APRA) para la Cámara de Diputados del Congreso bicameral por Lima Metropolitana, en el marco de las Elecciones Generales 2026. La decisión responde a una serie de irregularidades y errores materiales detectados durante la inscripción de los postulantes, lo que obliga a la organización política a subsanar observaciones en un plazo de dos días, de lo contrario la lista podría ser declarada improcedente.

Entre los nombres observados figuran el exparlamentario Mauricio Mulder y el candidato presidencial del APRA, Enrique Valderrama, cuyas declaraciones presentarían inconsistencias respecto al cargo al que postulan. De acuerdo con la resolución 00024-2026-JEE-LIO3/JNE, el órgano electoral advierte discrepancias entre los documentos presentados, lo que genera dudas sobre la correcta manifestación de voluntad de participación y sobre la precisión del registro oficial.

El caso adquiere especial relevancia por tratarse de figuras emblemáticas dentro del partido y porque se desarrolla en un contexto donde el proceso electoral exige mayor rigurosidad documental. Si el APRA no corrige las observaciones dentro del plazo fijado, su participación en la contienda por Lima Metropolitana podría quedar comprometida, afectando no solo a los candidatos cuestionados, sino a toda la lista.

Según el JEE, en el caso de Mauricio Mulder, se identificó una contradicción entre su declaración jurada de consentimiento y su Declaración Jurada de Hoja de Vida (DJHV). Mientras en el primer documento marcó la opción de candidato a diputado, en su DJHV consignó además que postula al cargo de primer vicepresidente, lo cual no coincide con el registro esperado en una postulación regular.

En cuanto a Enrique Valderrama, el organismo electoral detectó que su declaración incluye marcadas las opciones de fórmulas y diputados, lo que derivó en la observación de su candidatura. Para el JEE, estos errores no son menores: se trata de formularios esenciales para determinar la validez de una postulación y garantizar que el registro no contenga ambigüedades que afecten la transparencia del proceso.