El Congreso de la República aprobó, a través de la Ley 32515 (ley de endeudamiento del sector público 2026), una disposición que obliga al Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú (IRTP) a transmitir en vivo las actividades parlamentarias por TV Perú (Canal 7) y Radio Nacional. La norma establece que se deberá emitir como mínimo dos horas diarias de sesiones del Pleno o de actividades de los congresistas.
Además, el IRTP deberá difundir un resumen diario de las labores legislativas y debates del Pleno, y a través de los canales de televisión digital terrestre (TDT) se deberá transmitir el desarrollo completo de las audiencias plenarias. La ley también dispone que se incorpore la señal de TV Congreso en uno de los canales del sistema satelital del IRTP, con difusión nacional las 24 horas del día o durante todo el tiempo que duren los contratos satelitales.
Para el exjefe del IRTP Hugo Coya, esta disposición fue incorporada “de contrabando” en una ley de endeudamiento, algo que, según señaló, no tiene precedentes. Coya explicó que, con este cambio, el canal del Parlamento se integraría de facto al IRTP, borrando la separación que existía entre los medios del Ejecutivo y los del Legislativo.
El especialista advirtió que, en pleno proceso electoral, los congresistas que buscan la reelección en 2026 tendrán una exposición privilegiada en la pantalla estatal, mientras que los nuevos candidatos solo tendrían unos segundos en la franja electoral oficial. “Se están cambiando las reglas de la equidad que debería haber en un proceso electoral”, criticó, al señalar que la medida altera el equilibrio informativo a favor de quienes ya están en el poder.
Coya también alertó que los más perjudicados serían los ciudadanos de las zonas más alejadas del país, que muchas veces solo cuentan con la señal de TV Perú o Radio Nacional para informarse y entretenerse. Según explicó, estas poblaciones se verían forzadas a consumir transmisiones del Pleno y de las comisiones del Congreso, al concentrarse allí gran parte de la programación obligatoria.




