“El MEF declara inaplicable la ley que permitía a los regidores aumentarse las dietas, ahora quien podrá defenderlos”
Por Jorge Chumpitazi Dávila
El Congreso… siempre el congreso metiéndonos en problemas, hace poco más de ocho meses de manera irresponsable se publicó la Ley N° 32269 “Ley que modifica la ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, para establecer precisiones sobre la dieta de los regidores”, establecía que el monto a percibir los regidores corresponde al 30 % de la remuneración mensual del alcalde, del cual se descuenta rían las inasistencias, pagándose por asistencia efectiva a las sesiones, y se reajustaría automáticamente conforme varíe la remuneración del alcalde. Los reajustes son publicados obligatoriamente bajo responsabilidad.
Y decimos de manera irresponsable, porque el congreso no tiene iniciativa para crear ni aumentar gastos públicos, salvo en lo que se refiere a su presupuesto, tal como se encuentra establecido el articulo 79 de la Constitución Política, es así que de manera irresponsable aprobaron el aumento de dieta a los regidores, que iba a salir del mismo FONCOMUN de los gobiernos locales; no decimos que no puedan merecer dicho aumento los regidores (eso seria debate en otro artículo), no obstante estos funcionarios públicos tiene ya la prerrogativa de tener un presupuesto entre 1% y 2% del presupuesto precedente de la suma de los montos del Fondo de Compensación Municipal – FONCOMUN e impuestos municipales pertenecientes a la fuente de financiamiento recursos determinados del pliego, según Ley N° 31812, es decir, no tienen excusa alguna para fiscalizar, pero lamentablemente, son honrosas excepciones que lo hacen.
Al darse esta Ley, algunos Concejo Municipales casi de manera inmediata realizaron todo el procedimiento administrativo mediante acuerdo de concejo para aumentarse su dieta, y que creen que paso, el Ministerio de Economía y Finanzas – MEF emitió un oficio contundente, DECLARANDO INAPLICABLE LA NORMA QUE PERMITÍA A LOS REGIDORES INCREMENTAR SUS DIETAS HASTA EL 30% DE LA REMUNERACIÓN DEL ALCALDE. Es así que, mediante Oficio Circular N° 074-2025-EF/50.07, la entidad del Ejecutivo puso un freno a todos los acuerdos de concejos municipales que, hallan aprobado incrementos en las remuneraciones a sus miembros, generando un perjuicio económico de manera directa sobre estos funcionarios, más aún a los regidores rurales, porque mucho de ellos su capacidad económica es menor que a los de las zonas urbanas.
El MEF es firme en su comunicado indicando que los concejos municipales que hayan ejecutado estos aumentos deberán revertir inmediatamente los acuerdos, reajustar los pagos a los niveles anteriores y, lo más relevante, devolver los montos percibidos indebidamente por los regidores. Además, ha señalado que si se incumple este mandato podría iniciarse apertura de procedimientos administrativos disciplinarios y acciones legales contra las autoridades directamente responsables de aprobar y ejecutar dichos incrementos. JEJEJE es decir el Congreso hace incurrir en error a los servidores municipales y el MEF dice arréglalo o te sanciono, esto demuestra el desorden y caos donde vivimos.
Es inevitable que de la manera mas inmediata los servidores inicien las actuaciones administrativas correspondientes para hacer los respectivos descuentos a los regidores por haberse aumentado sus dietas, siendo que el MEF se pronuncio en merito a la Ley 32269, los regidores tienen derecho a dietas fijadas por acuerdo del concejo municipal dentro del primer trimestre del primer año de gestión, el monto de las dietas corresponde al 30% de la remuneración mensual del alcalde, del cual se descuentan las inasistencias. Sin embargo, la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025 (Ley 32185) prohíbe el reajuste o incremento de remuneraciones, bonificaciones, beneficios, dietas, asignaciones, retribuciones, estímulos, incentivos, compensaciones económicas y conceptos de cualquier naturaleza. Ojo los regidores que se aumentaron las dietas en el primer año y cumpliendo el debido procedimiento no tienen ningún problema.
Ante este problema suscitado por el mismo gobierno, en desmerito de los servidores municipales que realizaron los procedimientos administrativos para el aumento de las dietas este año, debe de dejarnos una reflexión, que es, SIEMPRE CONSULTAR al órgano rector, más aún cuando se trate de aumento de gastos presupuestales, es decir, acudir a la Dirección General de Gestión Fiscal de Recursos Humanos (DGGFRH) del MEF, este ente dentro sus funciones incluye el análisis de políticas de ingresos, la programación, ejecución y evaluación de los fondos públicos para el personal, así como la validación y administración del registro de dichos ingresos. Su objetivo es asegurar la eficiencia, transparencia y legalidad en el manejo de los recursos públicos destinados al personal del Estado, entonces, siempre en estos tipos de casos, esperar el pronunciamiento de este ente del MEF. Es así que DGGFRH ha opinado que la prohibición de reajustes de dietas se aplica a los Concejos Municipales, y que cualquier reajuste o incremento remunerativo deberá encontrarse autorizado por Ley o norma del mismo rango emitida por el Gobierno Central.
Como servidores de la cadena de pago (Presupuesto, Gerente Municipal, administrador, contador y tesorero) debemos siempre ser precavidos al momento de realizar los pagos, mas aun si se trata de aumentos a funcionarios públicos. No queda de otra que tomar medidas inmediatas para que se devuelva ese 30% que se aumento los regidores.
Finalmente, esto sucede por la demagogia de gasto público que existe actualmente en nuestro congreso, según el Banco Central de Reserva en setiembre, el déficit fiscal acumulado en los últimos doce meses se ubicó en 2,4% del PBI; así que a escoger bien a nuestras futuras autoridades nacionales este próximo 12 de abril… recuerda ciudadano, tú tienes el poder.




