La Contraloría General de la República confirmó sanciones contra seis exfuncionarios de la Dirección Regional de Educación de Huánuco (DREHCO) por haber autorizado la compra y distribución de alimentos y canastas navideñas con fondos públicos, al margen de la normativa presupuestaria. Según la Resolución N.° 000061-2025-CG/TSRA-SALA1, emitida por la Sala 1 del Tribunal Superior de Responsabilidades Administrativas (TSRA) el 10 de septiembre de 2025, las acciones ocasionaron un perjuicio económico al Estado superior a 87 mil soles.
Tribunal confirma inhabilitación de entre dos y tres años
De acuerdo con el fallo, los sancionados incurrieron en la infracción “muy grave” prevista en el numeral 23 del artículo 46 de la Ley N.° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control. Entre ellos se encuentran Yonson Tarazona Tucto y Ever Uribe Uzuriaga Céspedes, ambos exdirectores de Gestión Administrativa, así como Aldo Elías López Pajuelo y Alejandrina Viviana Tapia Gerónimo, especialistas en presupuesto. Los cuatro recibieron tres años de inhabilitación para ejercer función pública.
El tribunal también confirmó las sanciones contra Jorge Tobías Obregón Meza y Sonia Isabel Albornoz Soto, exdirectores de Gestión Institucional, quienes deberán cumplir dos años y seis meses de inhabilitación. Los recursos de apelación presentados por los implicados fueron declarados infundados, tras concluir que existía evidencia suficiente de responsabilidad administrativa funcional.
Compras prohibidas y proveedores identificados
El procedimiento sancionador se originó con el Informe de Control Específico N.° 036-2023-2-0702-SCE, emitido en octubre de 2023. Dicho documento advirtió que en 2021 y 2022 la entidad autorizó adquisiciones de canastas navideñas, víveres y pavos destinados a su personal. Estas operaciones se efectuaron sin sustento normativo y contraviniendo las Leyes de Presupuesto de los ejercicios correspondientes, que prohíben el otorgamiento de beneficios extraordinarios a servidores públicos.
El expediente detalla que en diciembre de 2021 se aprobaron órdenes de compra por más de S/ 26 600 a la empresa SANDEL E.I.R.L., entre otras. Al año siguiente, en diciembre de 2022, se emitieron nuevas órdenes a Autoservicios Don Pedro S.R.L., Negocios Villanueva E.I.R.L. y nuevamente a SANDEL E.I.R.L., alcanzando un monto total de S/ 61 200.
Beneficio personal y conflicto de interés
Además de autorizar las adquisiciones, varios de los sancionados habrían recibido personalmente las canastas y alimentos, situación calificada por la Contraloría como un agravante. En el expediente se consigna que algunos funcionarios firmaron constancias de recepción de productos valorizados en S/ 300 aproximadamente, entre canastas con víveres, panetones, chocolates y bebidas.
El TSRA consideró que este hecho demuestra un conflicto de interés directo, pues las mismas personas que aprobaron los gastos terminaron siendo beneficiarias de ellos. “Los administrados actuaron con conocimiento de la normativa presupuestal vigente, que expresamente prohibía tales beneficios”, señala la resolución.
Impacto en programas educativos y desvío de fondos
Más allá de las compras irregulares, la Contraloría advirtió que los recursos utilizados provenían de partidas destinadas a programas prioritarios. En el caso del año 2022, se comprobó que parte de los fondos desviados correspondían a los Compromisos de Desempeño del Ministerio de Educación, un mecanismo orientado a fortalecer la calidad de los servicios educativos.
Según el tribunal, al destinar 58 mil soles de esa partida a canastas y pavos, se afectaron metas vinculadas con la mejora de aprendizajes, inclusión de estudiantes con discapacidad y mantenimiento de infraestructura educativa. El desvío no solo representó un perjuicio económico cuantificado, sino también un impacto negativo en la misión institucional de la DREHCO.
Argumentos de defensa y audiencias
Durante el proceso, los implicados presentaron apelaciones y escritos complementarios, alegando que actuaron conforme a las solicitudes internas y que no se habría producido un incremento remunerativo directo. Incluso, algunos solicitaron audiencia virtual para sustentar su posición.
El TSRA, sin embargo, concluyó que los descargos no desvirtuaban la evidencia documental. En su resolución se precisa que los funcionarios “no actuaron con la diligencia debida” y que, por su experiencia y cargos, tenían pleno conocimiento de las normas presupuestarias vigentes.
Dato:
La Contraloría recordó que las resoluciones del Tribunal Superior de Responsabilidades Administrativas ponen fin a la vía administrativa. No obstante, los sancionados pueden recurrir a la vía contencioso-administrativa ante el Poder Judicial. Hasta el cierre de esta edición, no se conocía si los exfuncionarios iniciarían acciones legales para revertir la sanción.




