Sala Civil rechaza casación y confirma de forma definitiva el desalojo de la Diresa Huánuco

Convenio de cesión vencido en 1999 dejó a la Diresa como ocupante precario. Plazo de seis días sería aplicado tras confirmación definitiva de la sentencia judicial

La Sala Civil de la Corte Superior de Justicia de Huánuco cerró de manera definitiva el prolongado litigio por la posesión del inmueble de Jr. Dámaso Beraún N.º 1017. Mediante la Resolución N.º 61, emitida el 12 de septiembre de 2025, el colegiado rechazó el recurso de casación excepcional interpuesto por la Procuraduría Regional y dejó firme la orden de desalojo contra la Dirección Regional de Salud (Diresa) de Huánuco. Con esta decisión, se activa el mandato para que la institución abandone el terreno en los plazos legales establecidos.

Resolución que marca el desenlace

El fallo precisa que la casación no puede ser utilizada como una tercera instancia, sino únicamente en supuestos extraordinarios definidos por la ley. En ese sentido, la Sala Civil sostuvo que la Procuraduría no presentó elementos que acreditaran la existencia de contradicciones jurisprudenciales, vacíos normativos o necesidad de un cambio de criterio que justificara la intervención de la Corte Suprema. Por ello, resolvió declarar improcedente el recurso y ordenó devolver el expediente al juzgado de origen para la ejecución del desalojo.

De este modo, la sentencia que favorece a la Sociedad de Beneficencia Pública de Huánuco quedó confirmada en todos sus extremos, sin posibilidad de nuevas apelaciones ordinarias.

Un proceso judicial de más de cinco años

El caso tiene su origen en 2019, cuando la Beneficencia interpuso la demanda de desalojo bajo la figura de ocupación precaria. El argumento central fue que el Convenio de Cesión de Uso firmado en mayo de 1999 con la Diresa había vencido y, pese a ello, la institución de salud continuaba ocupando el inmueble sin contrato vigente ni pago de contraprestación.

En diciembre de 2024, el Primer Juzgado Civil de Huánuco emitió la Sentencia N.º 119-2024, declarando fundada la demanda y otorgando a la Diresa un plazo de seis días hábiles para entregar el predio de 4,001.53 m², parte de un terreno mayor de 11,543.92 m² inscrito en la Sunarp.

La Procuraduría Regional apeló la decisión, pero en julio de 2025 la Sala Civil expidió la Resolución N.º 60, confirmando el fallo de primera instancia. Ante ello, la Diresa recurrió a la casación excepcional, que ahora ha sido definitivamente desestimada mediante la Resolución N.º 61.

Fundamentos de la confirmación

El colegiado explicó que la figura de ocupación precaria se configura cuando alguien mantiene la posesión de un inmueble sin contrato ni título válido. En este caso, el vencimiento del convenio de 1999 y el tiempo transcurrido desde su caducidad evidenciaron que la Diresa carecía de justificación legal para seguir utilizando el predio.

La Sala también destacó que tanto la sentencia de primera instancia como la apelación fueron debidamente motivadas, respetaron el debido proceso y cumplieron con la tutela jurisdiccional efectiva, por lo que no correspondía revisar nuevamente los hechos ni las pruebas.

El representante legal de la Beneficencia, José Antonio Valdez Barrueta, sostuvo durante el proceso que la permanencia de la Diresa constituía un uso indebido de la propiedad, que debía ser destinada a proyectos sociales en favor de la población vulnerable.

Inquietud ciudadana y pasos siguientes

La confirmación de la sentencia ha generado expectativa en la capital regional, ya que en el predio funcionan oficinas administrativas y servicios vinculados a la Dirección Regional de Salud. Vecinos consultados manifestaron preocupación por una eventual interrupción de la atención. “Las autoridades deben informar con claridad qué pasará con los servicios médicos. No podemos quedarnos sin atención por un conflicto legal”, comentó Manuel R., residente del barrio Amarilis.

Por su parte, la Beneficencia señaló que su objetivo es recuperar el inmueble para desarrollar actividades sociales, aunque aún no ha precisado fechas ni proyectos concretos. Hasta el cierre de esta edición, ni la Diresa ni el Gobierno Regional habían emitido un pronunciamiento oficial sobre las medidas que adoptarán frente a la orden judicial.

La resolución no solo sella el destino de un inmueble emblemático de la ciudad, sino que también marca un precedente sobre la aplicación estricta de la figura de la ocupación precaria en predios del Estado.

Dato:

Con el rechazo del recurso de casación, el proceso entra en su fase de ejecución. La Diresa cuenta con un plazo perentorio de seis días hábiles, que empezará a contarse desde la notificación de la sentencia firme. En caso de incumplimiento, la Beneficencia podrá solicitar el lanzamiento forzoso con apoyo de la fuerza pública.