La Dirección Regional de Educación Huánuco ejecutó el proceso de contratación de jueces para los Juegos Escolares Deportivos y Paradeportivos (JEDPA) 2025 sin elaborar el cuadro comparativo de ofertas, y adjudicó el servicio a un proveedor cuya documentación presentaba incongruencias, omisiones y datos que no se ajustaban a la verdad. Esta situación fue advertida en un informe del Órgano de Control Institucional (OCI) y podría comprometer la validez de los resultados deportivos en la disciplina de Atletismo.
Según el informe de orientación de oficio elaborado por el OCI, la convocatoria fue publicada el 1 de agosto en la web de la entidad. Dos proveedores presentaron sus propuestas, y el 7 de agosto se anunció como ganador a Rolando Mejía. Sin embargo, el análisis de su documentación evidenció graves deficiencias, según el órgano de control.
Formatos incompletos y datos no verificables en documentos clave
El proveedor seleccionado presentó su cotización bajo el membrete de la empresa “LUHA SPORT”, pero la documentación adjunta contenía discrepancias en la identificación del proveedor. El formato n.° 5 de cotización no detallaba los componentes de la oferta ni el tiempo de validez, incumpliendo así lo estipulado por la Directiva n.° 01.S3.DI.ABAST.-V1.0, que regula estos procesos.
Asimismo, en el formato n.° 6 (declaración jurada del proveedor), figuraba nuevamente “LUHA SPORT” como la razón social declarante, y el señor Mejía solo como contacto. Estas incongruencias no fueron advertidas por el comité evaluador, lo que contraviene los principios de legalidad y transparencia exigidos por normativa vigente.
Jueces sin acreditación y títulos sin sustento en equipo de trabajo
Otro punto crítico fue la falta de acreditación formal de los jueces propuestos. El Coordinador General presentó un certificado de un curso de jueces realizado en 2015, el cual no equivale a una habilitación vigente como Juez Nacional de Atletismo. La propia presidenta de la Comisión Nacional de Jueces de Atletismo (CONAJA) informó que ninguno de los propuestos se encuentra habilitado oficialmente.
Respecto a los miembros del equipo de trabajo, de los ocho propuestos solo cinco presentaron copias simples de sus títulos como profesores de Educación Física, y ninguno acreditó formalmente ser Juez Nacional de Atletismo, condición requerida por las bases del proceso.
Experiencia no validada y ausencia de evaluación comparativa
El proveedor presentó como respaldo dos órdenes de servicio correspondientes a ediciones anteriores de los JEDPA, pero sin los documentos de conformidad que acreditaran la efectiva prestación de los servicios. Según SERVIR, estos comprobantes son indispensables para validar la experiencia en procesos de contratación pública.
Pese a haber dos propuestas presentadas, la DRE Huánuco no elaboró el cuadro comparativo de ofertas, omisión que contraviene lo estipulado en la normativa aplicable, específicamente el numeral 6.2.7 de la Directiva n.° 01.S3.DI.ABAST.-V1.0.
Dato:
El informe concluye que estas omisiones generan un riesgo directo sobre la legalidad, transparencia y debido proceso en la contratación pública, y podrían afectar la validez de los resultados a obtenerse en la competencia de Atletismo. El OCI recomendó a la Dirección Regional de Educación Huánuco adoptar medidas preventivas y correctivas en un plazo no mayor a cinco días hábiles, así como remitir la documentación correspondiente que respalde dichas acciones.




