Poder Judicial frena pago de S/ 239 mil a Dina Boluarte por demanda contra Reniec

El Poder Judicial dispuso mantener bloqueado, por ahora, el desembolso de S/ 239,674.63 a favor de la presidenta Dina Boluarte por su demanda laboral contra el Reniec, al ordenar que “el pago no deberá efectuarse hasta que se resuelva la casación” en trámite. La medida deja sin efecto cualquier intento de priorizar la ejecución mientras el litigio permanezca activo y pone el foco en la ruta legal que definirá si la mandataria finalmente cobra o no el monto reconocido en primera y segunda instancia.

Qué reclama Boluarte y cómo se calculó el monto
El origen del caso se remonta a las labores de Boluarte en Reniec, donde ingresó en 2007 y ocupó la jefatura de la Oficina Registral Surco-Higuereta. En 2020, presentó una demanda por desnaturalización de contratos y beneficios pendientes. Un fallo de la Primera Sala Laboral Permanente de Lima declaró la existencia de una relación laboral a plazo indeterminado desde 2007, ordenó el pago de gratificaciones, vacaciones truncas, escolaridad, así como depósitos de CTS de diversos periodos y reconoció parcialmente conceptos vinculados a laudos como refrigerio, canasta navideña y transporte. En conjunto, la suma se fijó en aproximadamente S/ 239,674, sujeto a intereses y a un cronograma de pago que debía elaborar Reniec.

La jefatura de Reniec reconoció la obligación de cumplir sentencias judiciales, pero explicó que existe un orden de prelación y una dependencia del presupuesto que asigna el MEF a través de un sistema informático; por ello, informó que el caso de Boluarte estaba programado para iniciarse en 2025, dentro de un horizonte de hasta cinco años para completar desembolsos. Esta secuencia se vio alterada cuando trascendió un intento de “ejecución anticipada de sentencia” que, según reportes periodísticos, buscaba priorizar el pago; sin embargo, el juzgado especializado de trabajo ratificó que no se ejecute mientras la casación siga pendiente.

La casación y el papel del MEF en la lista de pagos
La controversia escaló cuando un informe televisivo reveló que, al interior del MEF, se había evaluado incluir el pago a favor de la mandataria en una lista de desembolsos prioritarios bajo la figura de ejecución anticipada. Posteriormente, el propio ministerio reconoció que aquello fue un error técnico y retiró el caso de la priorización. En paralelo, Reniec informó que el expediente de Boluarte se registró en el aplicativo oficial de “Demandas Judiciales y Arbitrales en Contra del Estado”, junto con otros 556 demandantes, y que la jefa de Estado no tendría trato preferente en el orden establecido.

La decisión del Sexto Juzgado Especializado de Trabajo de Lima de mantener el bloqueo del pago hasta que la Corte Suprema resuelva la casación refuerza que cualquier ejecución queda supeditada al pronunciamiento final. En la práctica, significa que, aun cuando exista una sentencia favorable en instancias previas, la transferencia de fondos deberá esperar a que el máximo tribunal confirme, modifique o revoque lo resuelto. La discusión de fondo incluye temas técnicos como la desnaturalización de contratos, la aplicabilidad de beneficios bajo distintos regímenes y los alcances de los laudos colectivos sobre trabajadores que no integraban sindicatos, extremos en los que las sentencias previas han hecho distinciones y ajustes de montos.

Qué dicen Reniec y el MEF, y qué escenarios legales se abren
Reniec ha enfatizado que desde 2016 arrastra una cartera de sentencias por cumplir, que suman decenas de millones de soles, y que la ejecución depende de la caja y del orden establecido por una comisión multisectorial. En la misma línea, el MEF ha negado presiones y ha señalado que sus decisiones se basan en criterios técnicos y legales, dentro de la normativa vigente. Con el bloqueo judicial vigente, el caso de Boluarte regresa al carril procesal: el desenlace dependerá de la casación en la Corte Suprema, que puede confirmar el pago, reducirlo o incluso ordenar un nuevo análisis.

Para la mandataria, la validación de la casación consolidaría el cobro del monto fijado por beneficios y CTS; una decisión en sentido contrario podría reconfigurar la liquidación o postergar cualquier expectativa de abono. En cualquier escenario, Reniec deberá continuar registrando y priorizando pagos de sentencias de acuerdo con las reglas que aplica a todos sus excolaboradores. El proceso también vuelve a poner bajo la lupa la larga disputa en el Estado sobre los contratos por servicios (locación/CAS), la primacía de la realidad en materia laboral y los impactos presupuestales derivados de fallos que reconocen vínculos a plazo indeterminado cuando se acreditan elementos de subordinación y continuidad.

Contexto político y administrativo: impacto y próximos pasos
El caso cae en un momento de alta sensibilidad política, con la presidenta sujeta a múltiples escrutinios y una opinión pública atenta a cualquier signo de privilegio. El freno judicial a la ejecución anticipada contribuye a desactivar, por ahora, el debate sobre la oportunidad del pago y a encauzar la controversia por la vía estrictamente procesal. Para la administración pública, el expediente reafirma la necesidad de blindar los procedimientos de priorización, fortalecer el sustento técnico de las decisiones y asegurar que los listados de pagos respondan a criterios objetivos verificables.

Mirando adelante, las claves pasarán por el calendario de la Corte Suprema: cuando la casación sea vista y resuelta, el juzgado de ejecución reactivará o cerrará el camino del desembolso. Si se confirma el pago, Reniec deberá programarlo dentro del marco de su disponibilidad y cronogramas generales; si se revoca, se cerraría el capítulo del cobro y se reordenaría la cartera de obligaciones. Mientras tanto, el MEF y Reniec seguirán bajo observación pública para evitar cualquier asomo de trato preferencial. El resultado final marcará un precedente relevante para cientos de procesos similares en el Estado, donde la línea entre regímenes temporales y relaciones laborales permanentes continúa siendo un terreno de alta litigiosidad y alto costo fiscal.