El incremento salarial a la Presidencia de la República ha generado un debate nacional sobre la transparencia y la priorización de recursos públicos. En un contexto de creciente inflación y demandas sociales insatisfechas, la decisión del Consejo de Ministros de aumentar el sueldo de la presidenta Dina Boluarte ha levantado olas de críticas desde diversos sectores políticos y sociales.
Según la investigación publicada por El Comercio, el Consejo de Ministros aprobó un aumento del sueldo de la presidenta Dina Boluarte, elevándolo de S/16.000 a S/35.568, lo que representa un incremento del 125%. El anuncio fue realizado por el ministro de Economía y Finanzas, Raúl Pérez Reyes, durante una conferencia de prensa.
El ministro Pérez Reyes justificó la medida argumentando que se basa en la Ley Servir y la Ley de Presupuesto General de la República, aprobada en noviembre de 2024. Explicó que la decisión responde a una resolución de la presidencia de Servir, que formalizó un acuerdo del directorio, y que se está dando cumplimiento al artículo 23 de la Ley de Presupuesto, así como a la Ley del Servicio Civil. La remuneración de la presidenta, según el gobierno, se alinea con los estándares regionales, después de un análisis comparativo con los ingresos de otros mandatarios en Latinoamérica.
La metodología utilizada para determinar el nuevo salario incluyó una comparación de los salarios en dólares de los presidentes de 12 países de América Latina, ajustados por paridad de poder adquisitivo. Además, se tomaron en cuenta los ingresos más altos dentro del Poder Ejecutivo peruano, como los de ministros y viceministros. Este análisis buscaba establecer una remuneración que reflejara la jerarquía del cargo presidencial dentro de la estructura estatal.
El cálculo final, según Pérez Reyes, se obtuvo a partir de un promedio ponderado de los sueldos de los presidentes de los países comparados y una proyección basada en la extensión de los cargos en el Poder Ejecutivo. El decreto supremo que formaliza el aumento salarial será publicado en el diario oficial El Peruano y entrará en vigor al día siguiente de su publicación, siguiendo el proceso normativo establecido.
Una controversia adicional surgió a raíz de la declaración de “confidencialidad” por parte de la PCM de los cuatro oficios que originaron el informe del MEF que sustentó el incremento salarial. No obstante, la Autoridad Nacional de Transparencia y Acceso a la Información Pública (ANTAIP), tras una solicitud de El Comercio, dictaminó que dicha calificación era “inválida”, resaltando la importancia de la transparencia en este tipo de decisiones que impactan el erario público.
Desde la Presidencia de la República, se ha defendido el incremento salarial argumentando que el proceso se fundamenta en la Ley Servir de 2008. Se ha resaltado que Servir ha estado implementando una política de ordenamiento de las remuneraciones en el sector público, bajo criterios de equidad y sostenibilidad fiscal, en coordinación con el Ministerio de Economía y Finanzas. La Presidencia también aseguró que la remuneración de la mandataria y de todos los funcionarios está disponible en la página web de transparencia del Estado para el acceso público.




