La controversia en torno a la reserva Arqueológica de las Líneas y Geoglifos de Nasca y Palpa se intensifica tras revelarse el historial minero del alcalde provincial de Nasca, Jorge Bravo. Su doble rol como promotor de la reducción del área protegida y su prolongada trayectoria en el sector minero levantan serias interrogantes sobre posibles conflictos de interés en la gestión de este patrimonio cultural de la humanidad. La situación pone de relieve la delicada balanza entre el desarrollo económico y la preservación del legado ancestral en una zona de alto valor arqueológico y turístico. El reciente intento de modificación de los límites de la reserva ha desatado protestas de arqueólogos, historiadores y la sociedad civil, preocupados por la potencial afectación de los geoglifos, testimonio único de la cultura Nasca.
Según la investigación publicada por El Comercio, el alcalde Bravo, perteneciente al partido Alianza para el Progreso (APP), intentó previamente obtener concesiones mineras dentro del área que ahora busca redimensionar, evidenciando un interés personal en la explotación de recursos naturales en la región.
Si bien Bravo niega tener concesiones activas en Nasca, documentos del Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico (Ingemmet) revelan que en septiembre de 2020, presentó solicitudes para dos concesiones, Jhosep I y Jhosep II, de 200 y 100 hectáreas respectivamente, dentro de la reserva arqueológica. Estos petitorios, clasificados como minería metálica, fueron rechazados debido a la superposición total con el área protegida. Participaban, además, Juan José Junchaya Díaz, ingeniero de proyectos en el Gobierno Regional de Ica, y Juan Carlos Bustillos Illantes.
Las resoluciones de cancelación de los petitorios, emitidas en enero y abril de 2021, subrayan la intangibilidad de la reserva arqueológica, reafirmando que no se pueden otorgar derechos para la explotación de recursos mineros en dicha zona. El Consejo de Minería ha confirmado en reiteradas ocasiones esta postura, basándose en las normas que regulan la Protección del Patrimonio Cultural de la Nación.
La reserva arqueológica, establecida en 1993 y delimitada en 2004, abarca una extensión de 5.633,47 km² y se extiende por 13 distritos entre las provincias de Nasca, Palpa e Ica, en la región Ica, y Lucanas, en Ayacucho. A pesar de su condición de intangibilidad, la presión minera en la zona es evidente. Se contabilizan 728 derechos mineros en trámite y 596 titulados, además de 2.594 inscripciones en el Registro Integral de Formalización Minera (Reinfo), la mayoría suspendidas pero aún dentro del plazo de “regularización” otorgado por el Ministerio de Energía y Minas (MINEM).
Bravo ha defendido la necesidad de redefinir los límites de la reserva, argumentando que la reducción no afectaría la zona nuclear ni de amortiguamiento de las Líneas de Nasca. Según el alcalde, esta medida permitiría el saneamiento físico legal de áreas para la expansión agrícola y otros tipos de inversión, reconociendo al mismo tiempo la presencia de minería informal en la zona. Sin embargo, este argumento genera suspicacias dada su trayectoria en el sector.
La vinculación de Bravo con la minería se materializa a través de seis empresas distintas. Tres de las cuatro empresas en las que figura como fundador en Registros Públicos acumulan deudas en cobranza coactiva con la Sunat por más de 2 millones de soles. Estas empresas son Minería & Tecnología Bravo E.I.R.L., Minecom JJ Bravo E.I.R.L., y Mining JJ & G Bravo S.A.C. Adicionalmente, Minería & Tecnología Bravo E.I.R.L. cuenta con tres registros suspendidos en el Reinfo en distritos de Cañete, Nasca y Caraveli. Dos empresas adicionales, en las que Bravo fue gerente, también registran inscripciones suspendidas en el Reinfo.
La abogada Karina Garay, vocera legal del Observatorio de Minería Ilegal (OMI) y extitular de la Fiscalía Especializada en Materia Ambiental (FEMA) de Madre de Dios, considera que la relación del alcalde con la minería implica un claro conflicto de intereses, especialmente considerando que esta actividad se vería directamente beneficiada por el recorte del polígono intangible. El artículo 21 de la Constitución protege los bienes de Patrimonio Cultural, y la Ley de Ética de la Función Pública prioriza el interés público sobre el privado, principios que, según Garay, se ven comprometidos en este caso.




