La reciente promulgación de la ley que habilita el enjuiciamiento penal de adolescentes de 16 y 17 años ha desatado una controversia de alcance nacional. La Defensoría del Pueblo, alzando su voz en defensa de los derechos de los menores, ha anunciado su intención de presentar una demanda de inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional (TC). Esta acción legal busca revertir una norma que, según la Defensoría, contraviene los principios fundamentales de protección a la infancia y adolescencia consagrados en la legislación peruana y en tratados internacionales.
Según la investigación publicada por Gestión.pe, el defensor del Pueblo, Josué Gutiérrez, ha manifestado públicamente su preocupación por las implicaciones de esta ley.
El argumento central de la Defensoría del Pueblo se basa en la preeminencia de la Convención sobre los Derechos del Niño, incorporada al ordenamiento jurídico peruano mediante el artículo 55 de la Constitución Política. Gutiérrez enfatiza que dicha convención define como niño a toda persona menor de 18 años, incluyendo a los adolescentes, lo que haría incompatible la nueva ley con el marco legal vigente. En este sentido, la Defensoría considera que la norma recientemente aprobada podría colocar al Perú en una situación de vulneración de sus compromisos internacionales en materia de derechos humanos.
Gutiérrez ha urgido al Tribunal Constitucional a priorizar el análisis de esta demanda, solicitando a su presidenta, Luz Pacheco, y a los demás miembros del TC, que agenden el tema para su pronta discusión. Adicionalmente, el defensor del Pueblo ha recordado a los jueces su facultad de ejercer el control difuso, permitiéndoles inaplicar la ley en casos concretos si la consideran contraria a la Constitución o a los tratados internacionales suscritos por el Perú. Este mecanismo legal busca asegurar la primacía de los derechos fundamentales sobre las leyes ordinarias.
La Defensoría advierte sobre la posible vulneración del artículo 4 de la Constitución, que mandata al Estado y a la comunidad proteger especialmente al niño y al adolescente. En esta línea, considera que la nueva ley podría significar un retroceso en la protección de los derechos de los menores, al exponerlos a un sistema penal que, según la Defensoría, no está diseñado para atender las particularidades de esta población vulnerable.
El defensor del Pueblo ha señalado directamente al Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (MIMP) como el ente rector responsable de velar por los derechos de los niños y adolescentes. En este contexto, ha criticado la aparente inacción del MIMP en materia de prevención, sugiriendo que la falta de políticas preventivas adecuadas contribuye al problema que se busca abordar con la nueva ley. El debate se enmarca en un contexto donde las estadísticas de delitos cometidos por adolescentes generan preocupación, pero también donde las políticas de reinserción social y prevención del delito juvenil son objeto de cuestionamiento.
Cabe recordar que la aprobación de esta ley ha generado un intenso debate entre diversos sectores de la sociedad. Mientras algunos argumentan que es necesaria para combatir la delincuencia juvenil y garantizar la seguridad ciudadana, otros sostienen que vulnera los derechos de los adolescentes y podría tener efectos contraproducentes, como el aumento de la reincidencia y la estigmatización de esta población. Asimismo, es importante considerar que el sistema penitenciario peruano enfrenta desafíos importantes en materia de infraestructura y recursos humanos, lo que podría dificultar la implementación efectiva de la nueva ley.




