La reciente aparición de Vladimiro Montesinos, exasesor del expresidente Alberto Fujimori, en la plataforma TikTok ha generado un intenso debate sobre la legalidad de su presencia en redes sociales y las posibles implicaciones legales de su contenido. Montesinos, condenado por delitos como corrupción, secuestro y asesinato, cumple una sentencia que se extiende hasta junio de 2026 en el penal de la Base Naval del Callao. Según María Alejandra Gonzales para Infobae.
Sin embargo, la publicación de videos en la popular plataforma digital, en los que se difunden mensajes que sugieren su posible retorno a la política, ha despertado inquietudes sobre si esto podría constituir apología a la violencia o enaltecimiento de un reo condenado. Asimismo, su presunta vinculación con el partido político “Por Amor al Perú”, pese a los impedimentos legales que enfrenta, ha abierto un nuevo frente de discusión sobre el uso de redes sociales por parte de personas privadas de libertad.
¿Puede constituir apología del delito?
El abogado penalista Fernando Ugaz, consultado por Infobae Perú, explicó que el artículo 316 del Código Penal peruano establece que se considera apología cuando “públicamente se exalta, justifica o enaltece un delito o a una persona condenada por sentencia firme como autor o partícipe”.
Desde esta perspectiva, cualquier contenido que busque justificar o glorificar los crímenes por los que Montesinos fue condenado, como asesinato, desaparición forzada o corrupción, podría ser considerado un delito. Si bien hasta el momento no se ha confirmado que los videos publicados incurran en este tipo de infracción, su difusión ha generado preocupación en la opinión pública.
Montesinos sigue pendiente del cumplimiento de su sentencia y no ha pagado la reparación civil impuesta, lo que añade otro elemento de controversia sobre su reaparición en el espacio digital.
El vacío legal en el uso de redes sociales desde prisión
Uno de los puntos más polémicos del caso es cómo un ciudadano privado de su libertad puede tener presencia en redes sociales. Estela Valdivia, abogada de Montesinos, confirmó al diario Peru21 que el contenido de TikTok cuenta con su respaldo, aunque aclaró que él no gestiona directamente la cuenta desde prisión.
En teoría, las personas privadas de libertad no pueden acceder a dispositivos electrónicos ni a internet por razones de seguridad. Sin embargo, en este caso, el manejo de la cuenta estaría en manos de terceros, lo que no violaría las normas penitenciarias de forma directa.
El abogado Fernando Ugaz sostiene que la legislación peruana no prohíbe explícitamente que una persona condenada tenga presencia en redes sociales, siempre y cuando el contenido no incurra en delitos como la apología. “Lo que se debe evaluar es el impacto de los mensajes difundidos y si estos pueden interpretarse como una justificación de los crímenes cometidos”, señaló.
Este vacío normativo ha reavivado el debate sobre la necesidad de regular el acceso de los reclusos a la esfera pública digital y las limitaciones que deberían existir para evitar posibles riesgos en la percepción de la justicia.
Montesinos y la imposibilidad de un regreso político
El contenido de los videos publicados en TikTok ha generado especulaciones sobre un eventual regreso de Montesinos a la política. Sin embargo, su situación legal impide cualquier posibilidad de reincorporación al ámbito público.
De acuerdo con el artículo 33 de la Constitución peruana, el ejercicio de la ciudadanía se suspende cuando una persona cumple una sentencia con pena privativa de libertad. Esto significa que Montesinos no puede postularse ni ejercer ningún cargo público mientras permanezca en prisión.
Además, la Ley 30153 establece que quienes no hayan cumplido con el pago de su reparación civil tampoco pueden postularse a cargos de elección popular. En el caso del exasesor presidencial, aún adeuda 500,000 dólares por concepto de reparación civil, lo que lo inhabilita aún más.
A esto se suma la interpretación que la jurisprudencia peruana ha dado a la inhabilitación política, aplicándola no solo para postular a un cargo público, sino también para votar o formar parte de organizaciones políticas.
La resocialización y la libertad de expresión de los condenados
El caso de Montesinos ha puesto sobre la mesa una discusión más amplia: ¿qué derechos mantiene una persona condenada una vez que cumple su pena?
En el ámbito legal, se considera que la condena no significa la pérdida total de los derechos civiles, salvo en los casos en los que la legislación lo indique expresamente. En ese sentido, la legislación peruana no contempla la “muerte civil” total, lo que significa que, una vez cumplida su condena y pagada la reparación civil, Montesinos podría recuperar sus derechos, incluyendo el de expresarse en redes sociales.
Sin embargo, en este caso en particular, su condena sigue vigente y enfrenta otros procesos judiciales que podrían prolongar su tiempo en prisión. Por ello, su presencia en TikTok ha sido vista como una provocación y ha reactivado el debate sobre si es necesario modificar las normas para restringir la participación de personas condenadas en plataformas digitales, especialmente cuando se trata de casos de alta relevancia histórica y social.
¿Es necesario actualizar la legislación?
El acceso a la información y la libertad de expresión son derechos fundamentales, pero cuando se trata de personas privadas de libertad, debe existir un equilibrio entre estos derechos y la necesidad de garantizar la seguridad y el orden en el sistema penitenciario.
El caso de Montesinos ha evidenciado un vacío legal que podría dar pie a situaciones similares en el futuro. ¿Debería prohibirse que un condenado por crímenes graves tenga presencia mediática a través de terceros? ¿Se debe regular de manera más estricta el uso de redes sociales en estos casos?
El debate sigue abierto y pone en relieve la necesidad de revisar la normativa vigente para evitar que figuras con antecedentes criminales puedan influir en la opinión pública sin restricciones claras.




