La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) anunció que diez partidos políticos con representación en el Congreso comenzarán a difundir sus propuestas y planteamientos a partir del próximo 6 de enero de 2025, utilizando el espacio no electoral, una herramienta de financiamiento público indirecto.
¿Qué es el espacio no electoral?
El espacio no electoral es un derecho establecido por la Ley de Organizaciones Políticas (LOP). Permite a los partidos políticos y alianzas electorales con representación en el Congreso exponer sus propuestas en medios de comunicación estatales, tanto radiales como televisivos, durante cinco minutos mensuales de manera gratuita. Este espacio no puede ser utilizado con fines publicitarios electorales.
Condiciones para el uso del espacio
- No reprogramación: Si un partido político no utiliza total o parcialmente los minutos asignados en el día y horario estipulados, no tendrá derecho a reprogramar o reasignar dicho espacio.
- Duración máxima: Las grabaciones, que incluyen presentaciones y créditos, no pueden exceder los cinco minutos.
- Contenido restringido: No está permitido incluir logotipos, isotipos ni slogans vinculados a entidades estatales. Además, se prohíben referencias a hechos sociales o políticos que afecten el orden público, así como el uso ofensivo de símbolos patrios.
Sorteo del orden de aparición
El pasado 29 de noviembre de 2024, la ONPE realizó un sorteo público para determinar el orden de aparición de los partidos políticos en estos espacios. El resultado fue el siguiente:
- Fuerza Popular
- Podemos Perú
- Partido Morado
- Juntos por el Perú
- Partido Democrático Somos Perú
- Partido Político Nacional Perú Libre
- Acción Popular
- Renovación Popular
- Avanza País – Partido de Integración Social
- Alianza para el Progreso
Proceso de acreditación y supervisión
Los partidos deben designar a un representante y un suplente mediante un documento formal dirigido a la Gerencia de Supervisión de Fondos Partidarios de la ONPE. Estas personas son las únicas autorizadas para entregar y aprobar las grabaciones para su difusión.
Este espacio no estará disponible desde el día siguiente a la publicación del decreto supremo que convoque elecciones generales, regionales o municipales, hasta la resolución oficial del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) que declare concluido el proceso.




