TC declaró fundada ley que permite despachar de manera remota a presidenta Boluarte

En una decisión que marca un precedente significativo en la política peruana, el Tribunal Constitucional ha declarado constitucional la ley que permite a la presidenta Dina Boluarte ejercer sus funciones de manera remota desde el extranjero durante sus viajes oficiales. Este fallo llega tras rechazar una demanda de inconstitucionalidad interpuesta por un grupo de congresistas opositores.

La legislación, que fue objeto de controversia, específica que el presidente de la República podrá manejar sus obligaciones estatales de forma virtual en ausencia de un vicepresidente. Esta normativa busca asegurar la continuidad gubernamental sin importar la ubicación geográfica de la mandataria.

Los magistrados del Tribunal resolvieron mayoritariamente que la demanda no tenía fundamentos suficientes para prosperar, afirmando que “la gestión remota del despacho presidencial no va en contra de los principios constitucionales”. En palabras del Tribunal, “la necesidad y urgencia de recurrir a tecnologías digitales para garantizar la seguridad informática, tampoco puede ser considerada contraria a la norma fundamental”.

Además, se subrayó que el Congreso tiene la facultad de evaluar y autorizar la salida del presidente al extranjero, y que cada caso debe ser considerado de forma individual. “No puede considerarse inconstitucional conceder al Parlamento la potestad para evaluar ‘la particularidad de cada caso'”, indicaron los jueces en su fallo.

Los magistrados del Tribunal Constitucional votaron en mayoría para que el recurso presentado por los legisladores no prospere y, con esta decisión, su objetivo de que la jefa de Estado no pueda efectuar gestiones desde la virtual no se concretará.