Abogado afirma que causales no son suficientes para vacar a regidora Sherly Morales

Ratifica que empresa de regidora suscribió contrato con la municipalidad de Pillao pero no con la provincial 

César Silva, abogado de la regidora Sherly Morales, afirmó que las dos causales de vacancia que presentaron contra su patrocinada serán desestimadas por el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) y por lo tanto se desestimará dicha moción pese a que sea aprobado por el consejo municipal. 

Mencionó que los causales de hoja de vida y la supuesta vulneración de la ley de contrataciones serán desestimados, ya que no tendrían asideros legales suficientes para que se admita un proceso de vacancia.

“En este caso concreto son dos causales que se le está cuestionando. Uno, un tema referido a su hoja de vida que presentó la candidata Sherly Morales en el 2022, en ese sentido, no es la primera vez que se intenta vacar a un alcalde o regidor por algo referido a su hoja de vida, en ese sentido, el jurado nacional ha dicho en todos los casos que esos temas de hoja de vida corresponde a una etapa que ya concluyó y no es causal suficiente para una vacancia”, agregó.

Mencionó que al igual que el causal de la hoja de vida, el causal de restricciones a la contratación tampoco procederá, ya que Morales es regidora de la comuna provincial de Huánuco y no del municipio de Pillao.

“El segundo causal que presentaron para pedir la vacancia de mi patrocinada es que se le cuestiona que tendría una vinculación con la empresa, que además conforma un consorcio, que ha contratado no con la Municipalidad Provincial de Huánuco, sino con la Municipalidad Distrital de Pillao que es una entidad pública completamente distinta, sin embargo, la señora Morales es regidora de la provincial y no de la distrital”, explicó.

“En ese sentido, tenemos que remitirnos a la ley orgánica de municipalidades y a la jurisprudencia del Jurado Nacional de Elecciones, éste último ha dicho que cuando se quiere vacar a un alcalde o regidor por la causal de restricciones a la contratación, la contratación debe haberse realizado en la municipalidad donde esa persona se desempeña como autoridad, no ajena”, sostuvo.