Destitución de Juez de Paz Accesitario en Yacus por ejercicio irregular de funciones

Según información proporcionada por el gobierno regional, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial ha impuesto la medida disciplinaria de destitución a Epifanio Polinario Lustre, quien actuaba como Juez de Paz Accesitario en la Comunidad Campesina de Yacus, departamento de Huánuco.

La destitución se fundamenta en la transgresión de funciones y deberes establecidos en la Ley N° 29824 – Ley de Justicia de Paz.

En el caso concreto, el señor Lustre accedió a tramitar una denuncia interpuesta por Manuel Ramos Nieto en contra del Consorcio Vial Yacus, ordenando a la Municipalidad Distrital de Yacus la retención de S/ 1100 (mil cien soles) en favor del denunciante.

Tal acción contradice lo establecido en el artículo 15° de la Ley n° 29824, que limita las funciones del Juez de Paz Accesitario al reemplazo temporal o definitivo del Juez de Paz Titular, en este caso Aquiles Tomas Antonio.

Adicionalmente, el acto de audiencia única evidencia que el investigado señaló haber recibido la queja y notificado a la empresa para llegar a un acuerdo con el señor Ramos Nieto, una acción que no era de su competencia, sino del Juez de Paz Titular.

La Oficina Nacional de Justicia de Paz y Justicia Indígena ha respaldado la propuesta de destitución emitida por la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial.

Este caso pone en relieve la importancia del estricto cumplimiento de las normas y procedimientos legales en la administración de justicia.