El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) modificó el reglamento que regula el suministro de información financiera a la Sunat para el combate de la evasión y elusión tributarias.
Es así que mediante decreto supremo publicado hoy en el diario oficial El Peruano, se incrementó el umbral, y ahora la Sunat accederá a la información de las cuentas financieras superiores a 30.800 soles (7 UIT).
A fines de diciembre, se dispuso que las cuentas fiscalizadas serían las superiores a 10 000 soles, lo que generó opiniones divididas en los usuarios.
Asimismo, otro de los cambios es que ahora las entidades del sistema financiero deberán enviar un reporte cada 6 meses a la Sunat.
A detalle, la empresa financiera debe identificar el saldo o montos acumulados, promedios o montos más altos y los rendimientos generados en la cuenta.
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