Huánuco. Julia Pilar Martel Carhuas, de 39 años, afrontará 15 meses de prisión preventiva por la presunta comisión del delito contra el patrimonio, en la modalidad de usurpación agravada, según resolución emitida por el Juzgado de Investigación Preparatoria de Huánuco. La medida se dictó en el Expediente N.° 4096-2024-28, luego de una audiencia pública transmitida por la Corte Superior de Justicia de Huánuco, en la que se evaluaron los alegatos de las partes y los elementos de convicción presentados por la Fiscalía.
De acuerdo con el Ministerio Público, durante la audiencia se acreditó la concurrencia de los tres presupuestos exigidos por el Código Procesal Penal para imponer prisión preventiva: graves y fundados elementos de convicción que vincularían a la imputada con el hecho investigado; una prognosis de pena superior a cuatro años en caso de condena; y peligro procesal concreto. Este último, según la Fiscalía, se basa en el riesgo de que la procesada se comunique con testigos y agraviados o ejerza injerencia sobre el predio materia de litigio.
Defensa cuestionó los indicios y pidió medidas menos gravosas
La defensa de Martel Carhuas sostuvo que no se demostró un riesgo real de fuga ni de obstaculización de la investigación. Según su argumento, la procesada tiene arraigo domiciliario y familiar, por lo que solicitó al juzgado medidas alternativas como comparecencia con restricciones, caución económica, control biométrico y reglas de conducta. Asimismo, cuestionó que la Fiscalía no hubiese sustentado un peligro procesal con pruebas objetivas y pidió que el juzgado aplique el estándar de “sospecha grave” propio de esta etapa, en lugar de un criterio de certeza.
El juez Alexander Dilton Vargas Contreras, titular del Juzgado de Investigación Preparatoria, declaró fundado el requerimiento fiscal. En su resolución, señaló que los elementos de convicción presentados superan el umbral legal de sospecha fuerte y que el riesgo procesal alegado por el Ministerio Público se presenta como actual y concreto, especialmente respecto a las posibles comunicaciones con testigos y a la intervención en el bien en disputa.
Medida excepcional con ejecución inmediata y derecho de apelación
En la parte resolutiva, el juzgado dispuso la ejecución inmediata de la prisión preventiva y la notificación a las partes, recordando que la medida es de carácter excepcional y procede solo cuando concurren simultáneamente los requisitos normativos y no es posible neutralizar los riesgos procesales con medidas menos gravosas.
El fallo precisa que tanto la defensa como la Fiscalía pueden interponer recurso de apelación dentro del plazo de ley, correspondiendo a la Sala Penal Superior evaluar la decisión. Según la normativa procesal, en casos de delitos patrimoniales como la usurpación agravada —que involucra la afectación de la posesión o el ejercicio de derechos sobre inmuebles— los jueces valoran con especial atención la persistencia de la conducta, la influencia sobre testigos y la afectación a la prueba.
En este proceso, la resolución judicial prioriza la protección del desarrollo de la investigación y la integridad de la prueba, en línea con los estándares establecidos para medidas cautelares de esta naturaleza.
Dato:
Usurpación es un delito que consiste en apoderarse, total o parcialmente, de un bien inmueble o de un derecho real ajeno, sin autorización de su legítimo propietario o poseedor, utilizando violencia, amenaza, engaño o cualquier otro medio ilícito.




