Sunarp rechaza inscripción de JD de la FPF

Nuevamente, la Sunarp rechazó el intento de inscribir la Junta Directiva de la Federación Peruana de Fútbol 2021-2025. 

El estatuto vigente e inscrito en los Registros Públicos es el publicitado en el Asiento A1 de la Ficha N° 19302 que continúa en la P.E. N° 03000162 del RPJL, ello en virtud de haberse declarado la nulidad del Estatuto inscrito en el Asiento A0006 (declarada por el Poder Judicial e inscrita en el asiento A00023 de la misma partida) y en el Asiento A00020 (declarada mediante Laudo Arbitral del TAS pendiente de inscripción). 

La FPF no tiene actualmente representantes debidamente nombrados, pues los apoderados inscritos en el asiento A00021 y los representantes de la Junta Directiva cuyo mandato fue prorrogado hasta el 31.12.2021 que obra en el asiento A00022, se han realizado en virtud del estatuto inscrito en el Asiento A0006 de la P.E. N° 03000162 del RPJL, mismo que ha sido declarado nula su inscripción mediante mandato judicial. 

La Junta Directiva presidida por el Sr. Agustín Lozano para el período 01.01.2022 al 31.12.2025, a la fecha no está inscrita en los Registros Públicos; por lo tanto es ilegal. 

La Resolución confirma la tacha especial formulada por el registrador público del Registro de Personas Jurídicas de Lima al título referido en el encabezamiento, conforme a los fundamentos expuestos en el análisis de la presente resolución y está firmada por los integrantes de tribunal:  

Mirtha Rivera Bedregal, presidenta de la Tercera Sala; Luis Alberto Aliaga Huaripata y Rosa Quintana Livia. 

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