En el diario oficial El Peruano fue publicada, el pasado martes, la ley que reconoce la labor de los vendedores de periódicos, conocidos como canillitas.
La Ley N.° 31344 regula sus actividades en espacios públicos. En el artículo 7 de la referida norma señala que la ubicación de los kioscos o módulos de expendio en la vía pública de estos comerciantes no debe obstaculizar el libre tránsito peatonal ni dificultar la visión de los conductores.
“Se ubican en veredas, retiros y cualquier parte de los espacios públicos debidamente autorizados por la autoridad municipal, siempre y cuando, no dañen la propiedad pública o privada ni obstruya u obstaculicen el libre tránsito peatonal o vehicular o dificulten o restrinjan la visión de los conductores de vehículos, conforme a las disposiciones vigentes”, se lee.
Asimismo, los módulos serán “reubicados solamente cuando existan razones de interés y orden público, salubridad, ensanchamiento o remodelación de vías. La reubicación se hace al lugar más cercano posible y no irroga gasto alguno al canillita”.
Es importante señalar que la disposición fue aprobada en el Congreso anterior, y en su promulgación, lleva las firmas del presidente de la República, Pedro Castillo, y del premier, Guido Bellido.