En marco de la lucha contra la inseguridad, el Ejecutivo dispuso que todos los conductores y pasajeros de motocicletas estén obligados a usar cascos de seguridad y chalecos distintivos que lleven impreso el número de placa de su vehículo.
Así lo indica el Decreto Supremo n.° 022-2019-IN, que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo n.° 1216 para fortalecer la seguridad ciudadana en materia de tránsito y transporte. La norma, publicada en el diario El Peruano, fija multas de hasta S/ 336 para quienes infrinjan esta disposición, correspondiente a las infracciones tipificadas en los códigos G.67, G.68 y G.69.
No obstante, antes de que se empiece a ejecutar la obligatoriedad, se ha establecido un plazo de 90 días, contados a partir de ayer, para que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC), a través de la Dirección General de Políticas y Regulación en el Transporte Multimodal (DGPRTM), emita una resolución con las especificaciones técnicas para el uso de cascos y chalecos. Las sanciones serán impuestas a partir de los ciento ochenta (180) días hábiles contados desde el día siguiente de publicado dicho reglamento.
La vigencia de la mencionada normativa estará acompañada de un plan de sensibilización para el uso de cascos de seguridad y chalecos distintivos, a cargo del MTC y de la Policía Nacional (PNP).