César Augusto Kanashiro Castañeda
Existe incidencia de la aplicación del Impuesto Temporal a los Activos Netos en los indicadores de liquidez de las empresas, pues al registrarse este en el balance de las empresas influye en los índices evaluados. Incluso, dependiendo si su registro se realice en el activo no corriente o corriente, estos indicadores se verán más o menos afectados, respectivamente. A pesar de que en algunas compañías el impacto de los indicadores no es significativo, el hecho de contar con el dinero para cubrir otras necesidades de la empresa ya resulta beneficioso para la misma. Es por ello que aceptamos la hipótesis principal.
El pago por concepto del Impuesto Temporal a los Activos Netos afecta la capacidad contributiva de las empresas con pérdidas, desde la perspectiva estrictamente económica. Esto se debe a que el sujeto pasivo del impuesto no cuenta con el efectivo necesario para afrontarlo justamente porque arrastra pérdidas. Para cancelar el importe del tributo deberá sacrificar activos que estaban destinados a otras actividades propias del giro del negocio, o recurrir al financiamiento; lo cual generará mayores gastos financieros.
Las empresas con pérdidas no están afectas al pago del Impuesto a la Renta, por lo que no se considera prudente obligarlas a pagar un impuesto que solo puede ser utilizado contra el primero. Si bien el monto del ITAN es devuelto al contribuyente, esto no se da sino hasta el año siguiente, volviéndose a calcular y cancelar; y de esa forma, dicho dinero se encontrará destinado a la compensación del mismo impuesto.
Respecto a los índices de liquidez, estos también se ven afectados, pues al disminuir activos o aumentar pasivos, como ya lo comentamos en el párrafo anterior, impacta de forma negativa; lo cual influye de manera importante al momento de tomar decisiones por parte de los grupos de interés.
La determinación de la base del ITAN no se encuentra correctamente delimitada por su misma ley, por lo que muchos contribuyentes pueden determinar un impuesto en exceso o defecto, pudiendo ser observados por la Administración Tributaria.
Así mismo, se identificó que muchos usuarios consideran que existen conceptos en el activo que no deberían ser utilizados como parte de la base imponible del cálculo del tributo en cuestión, y que la misma ley podría implementar mayores precisiones al respecto.
En síntesis, si se paga ITAN sobre una base mayor a la correcta, se estaría pagando en exceso, y por ende, afectando en mayor grado la liquidez de lo que se vería afectado si se calculara sobre la base correcta o una base menor.
Teniendo en cuenta que el pago del Impuesto Temporal a los Activos Netos influye en la liquidez de las empresas con pérdidas, si su devolución se realizara tomando en cuenta los intereses devengados por el periodo transcurrido desde el pago de este impuesto no utilizado hasta su recuperación, impactaría en menor grado a los índices de liquidez de la misma.
Esto permitiría que el contribuyente pueda comparar este escenario con el de haber depositado el dinero en una entidad bancaria como un fondo fijo que también le pueda generar intereses.
Respecto a las posibles fiscalizaciones por parte de la Administración Tributaria que se generarían al solicitar la devolución del importe no utilizado por concepto de ITAN, concluimos que los contribuyentes, en su mayoría, no se ven amedrentados ante esta posibilidad; ya que consideran que de llevar adecuadamente las finanzas de la compañía no existiría un alto riesgo de posibles reparos y/o sanciones. Sin embargo, existen contribuyentes que sostienen que una fiscalización es una inversión innecesaria de recursos en tiempo y dinero; y por ende, prefieren no realizar esta solicitud.
Los responsables de las empresas con pérdidas consideran que el importe pagado por concepto de Impuesto Temporal a los Activos Netos, puede ser utilizado de manera más eficiente, destinándolo a actividades propias del giro de negocio que les generen mayor ingresos y rentabilidad.
La Ley del Impuesto Temporal a los Activos Netos estipula enunciados muy generales para ser aplicados a las diversas realidades económicas del país; ya que su última modificación se realizó en base a la coyuntura de hace aproximadamente 9 años.