La oficina de la Defensoría del Pueblo en Huánuco exhortó a la Red de Salud de Huánuco informar sobre el estado de la investigación de los casos de acoso moral en el interior del Hospital Materno Infantil Carlos Showing Ferrari, denunciados por profesionales de la salud, así como las medidas que están adoptando para luchar contra dichas conductas.
Al respecto, la institución recordó que el acoso moral, de acuerdo con la Ley n. ° 30057, Ley del Servicio Civil, y su reglamento, es una falta administrativa susceptible de sanción disciplinaria, y se entiende como la realización de actos de hostigamiento u hostilidad en el centro de trabajo, en perjuicio de un servidor o un grupo de servidores.
Asimismo, la restricción de esta conducta está reiterada en el numeral 5 del artículo 8° del Código de Ética de la Función Pública, el cual señala que el servidor público está prohibido de ejercer presiones, amenazas o acoso sexual contra otros servidores públicos o subordinados que puedan afectar la dignidad de la persona o inducir a la realización de acciones dolosas.
El acoso moral u hostigamiento laboral afecta la dignidad de la persona y su derecho al honor, el derecho a la intimidad, el derecho a la igualdad, el derecho a la no discriminación, y otros derechos laborales y de carácter público amparados por la Constitución Política.
Ante ello, la defensoría recomendó a la Red de Salud de Huánuco trabajar medidas de protección hacia la persona que denunció la conducta de acoso moral. Este pedido resultó acogido por la red de salud.
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