La reciente decisión de la Corte Suprema de Perú de otorgar reducciones de pena a agresores sexuales en casos donde existe un hijo producto de la violación ha generado una ola de controversia y preocupación. Este polémico criterio, establecido en el Acuerdo Plenario 01-2023/CIJ-112 del 28 de noviembre de 2023, permite una reducción de hasta un cuarto de la sentencia inicial.
Bajo este nuevo criterio, si una víctima de violación sexual concibe un hijo como resultado del crimen y el agresor demuestra ser el único responsable de su manutención, la justicia podría disminuir la pena del agresor. Por ejemplo, una condena de 20 años podría reducirse a 15 años.
La decisión ha sido respaldada por todos los jueces, excepto Elvia Barrios Alvarado, expresidenta del Poder Judicial, quien discrepó con sus colegas. Esta restricción en la aplicación del criterio solo procede en casos donde se haya estructurado una familia entre el agresor y el menor nacido como resultado del delito de violación.
La controversia se centra en la obligación de que el agresor viva con la víctima para recibir el beneficio de reducción de penas carcelarias. Esto ha generado indignación y preocupación, ya que podría resultar en impunidad y revictimización de las mujeres y niños afectados.
La decisión ha desatado una ola de críticas de instituciones en defensa de los derechos de la mujer, niños y adolescentes, así como de políticos y ciudadanos preocupados por la dignidad y seguridad de las víctimas de violación.