Abuso de poder saca de carrera a Giles

El Jurado Nacional de Elecciones confirmó la exclusión de la candidatura de Jesús Koko Giles a la Alcaldía de Huánuco por no declarar en su hoja de vida la sentencia condenatoria firme en su contra por el delito de abuso de autoridad y por estar un año inhabilitado para ocupar cargo público.
La decisión del JNE se conoció la mañana del sábado cuando se publicó la Resolución N.° 2740-2018, fechada el 6 de setiembre, que declara infundado el recurso de apelación presentado por Solidaridad Nacional y confirma la Resolución N.° 1403 del Jurado Electoral Especial de Huánuco que excluyó a Giles por tener en su contra una condena ejecutoriada con pena privativa de la libertad suspendida.
De inmediato, la reacción de Solidaridad Nacional fue desconocer la decisión del máximo órgano electoral. La agrupación publicó en sus redes sociales que Giles seguía en carrera desinformando así al electorado. El candidato a Amarilis, Roger Hidalgo, también afirmó que “Koko continúa en carrera” pese a las “piedras en el camino”, cuando la verdad es que Giles no es más candidato a la Alcaldía de Huánuco. La lista ahora la encabeza el odontólogo Manuel Vivanco.
JNE
El JNE confirmó la exclusión de Giles argumentando que no cumplió con las exigencias requeridas en la ley electoral porque no declaró en su hoja de vida que tenía la sentencia condenatoria firme impuesta en su contra por delito doloso. El ente electoral agrega que Giles tampoco reúne los requisitos exigidos para los candidatos a cargos municipales porque está inhabilitado.
En su Declaración Jurada de Hoja de Vida en el acápite VI sobre relación de sentencias, Giles declaró que no tenía sentencia condenatoria firme por delito doloso y fue excluido por omitir la sentencia que recibió el 28 de marzo de 2018 por el delito de abuso de autoridad en el Caso Cole Travel.
La defensa de Giles había apelado la exclusión argumentando que la condena no era firme porque estaba pendiente un pedido de nulidad de la casación que rechazó la Corte Suprema.
El JNE reiteró el numeral 1 del artículo 436 del Código Procesal Penal que señala que la sentencia casatoria no es susceptible de recurso alguno. El JEE Huánuco había tomado en consideración este numeral para sustentar la exclusión de Giles.
El JNE indicó que los candidatos están obligados a consignar en su hoja de vida toda información sobre sentencias firmes, inclusive los casos rehabilitados a fin de que el elector pueda tomar una decisión informada al momento de votar.

Recurso de nulidad
Al cierre de esta edición, el excluido aspirante al sillón municipal, Jesús Giles Alipázaga, se presentó a la redacción del diario AHORA para anunciar acciones que emprenderá el día de hoy, que iniciará con la presentación de un recurso de nulidad ante el Jurado Nacional de Elecciones.
Expresó su optimismo ante una respuesta positiva de esta instancia electoral en un máximo de dos días; no obstante, advirtió su disposición de acudir al Tribunal Constitucional y a la Corte Interamericana de Derechos Humanos para hacer valer su derecho a ser elegido alcalde de Huánuco.